Estimados colegas, hace muy poco que me recibi y estoy necesitando de su ayuda con respecto a la liquidacion. Mi cliente trabajaba 31 hs semanales y se le abonaba (en negro) $2.500. Conforme el convenio que lo rige, el sueldo básico es $7008 pero por una jornada de 48 hs... Mi duda es si para la liquidación debo tomar como mejor remuneracion mensual normal y habitual los $2.500 o calcular el sueldo que le corresponderia segun el CCT. En este último supuesto, el calculo sería: 7008 x 31 % 48 = 4526? Espero no haberlos mareado. Desde ya les agradezco.