Estimados, tengo el siguiente caso y necesito de sus opiniones y recomendaciones.
Mi cliente me viene a ver porque compró una propiedad en cuotas una abogada, para ello solo hicieron un boleto de compra-venta sin mayores formalidades, es decir solo con la firma de ambas, esto fue en diciembre de 2014. La propiedad se encuentra en sucesión con declaratoria a favor de dos herederas, esto fue en el 2004 aproximadamente. Ahora bien, la abogada que le vendió a mi clienta, también fue la abogada de la sucesión, esta abogada invoco un boleto de compra-venta que supuestamente firmó ella con las herederas. El tema es que la abogada se presentó en la sucesión pidiendo el tracto abreviado a favor de mi clienta. Es ahí cuando nos damos cuenta que se presentó otro supuesto comprador (quien sería la ex pareja de la abogada), quien tenia poder de administración otorgado por las herederas (la abogada que vende también a mi clienta está en el mismo poder) diciendo que la propiedad fue vendida a él en el año 2004, esta persona adjunta boleto de compra-venta con las firmas certificadas por escribano, recibos de servicio y convenio de desocupación de los otros inquilinos. Cuando voy a compulsar el expediente de la sucesión veo que ese boleto ya había sido presentado en la sucesión en el año 2004 como para pedir el tracto abreviado, y digo entiendo porque, el escrito presentando esa documentación no esta en el expediente, lo que digo lo puedo dilucidar por el proveído del juzgado donde le manda a sacar valuación fiscal, pago de tasa impuestos, etc. Supuestamente esta persona que compró en el años 2004 radico una denuncia penal por el accionar de la abogada al pedir la inscripción por tracto abreviado. Ahora bien, la abogada le dice a mi clienta que el juez va a ordenar la inscripción a su favor con ese boleto. La situación es que mi clienta sigue pagando cuotas y no sabe si seguir haciéndolo, ya que en el boleta dice que la inscripción ser realizará una vez saldado el precio total de venta.
Estimados colegas, que me recomiendan? Yo creo que al estar el boleto certificado en el año 2004 donde las heredaras realizan la venta directa a esta persona y las firmas están certificadas, tiene un mejor titulo, que opinan?
Es recomendable que abonando? Se puede pedir que se cite a las herederas para que expliquen?
Por favor ayuda. Saludos.
Mi cliente me viene a ver porque compró una propiedad en cuotas una abogada, para ello solo hicieron un boleto de compra-venta sin mayores formalidades, es decir solo con la firma de ambas, esto fue en diciembre de 2014. La propiedad se encuentra en sucesión con declaratoria a favor de dos herederas, esto fue en el 2004 aproximadamente. Ahora bien, la abogada que le vendió a mi clienta, también fue la abogada de la sucesión, esta abogada invoco un boleto de compra-venta que supuestamente firmó ella con las herederas. El tema es que la abogada se presentó en la sucesión pidiendo el tracto abreviado a favor de mi clienta. Es ahí cuando nos damos cuenta que se presentó otro supuesto comprador (quien sería la ex pareja de la abogada), quien tenia poder de administración otorgado por las herederas (la abogada que vende también a mi clienta está en el mismo poder) diciendo que la propiedad fue vendida a él en el año 2004, esta persona adjunta boleto de compra-venta con las firmas certificadas por escribano, recibos de servicio y convenio de desocupación de los otros inquilinos. Cuando voy a compulsar el expediente de la sucesión veo que ese boleto ya había sido presentado en la sucesión en el año 2004 como para pedir el tracto abreviado, y digo entiendo porque, el escrito presentando esa documentación no esta en el expediente, lo que digo lo puedo dilucidar por el proveído del juzgado donde le manda a sacar valuación fiscal, pago de tasa impuestos, etc. Supuestamente esta persona que compró en el años 2004 radico una denuncia penal por el accionar de la abogada al pedir la inscripción por tracto abreviado. Ahora bien, la abogada le dice a mi clienta que el juez va a ordenar la inscripción a su favor con ese boleto. La situación es que mi clienta sigue pagando cuotas y no sabe si seguir haciéndolo, ya que en el boleta dice que la inscripción ser realizará una vez saldado el precio total de venta.
Estimados colegas, que me recomiendan? Yo creo que al estar el boleto certificado en el año 2004 donde las heredaras realizan la venta directa a esta persona y las firmas están certificadas, tiene un mejor titulo, que opinan?
Es recomendable que abonando? Se puede pedir que se cite a las herederas para que expliquen?
Por favor ayuda. Saludos.
