bueno bueno, la verdad me dejaste ingratamente sorprendido...no entiendo toda esa agresión y por supuesto no me voy a poner a contestarla..., sólo decir que fue una ocurrencia espontanea y desprovista de cualquier sentido que quizá tus palabras si le otorguen..., al modo que los médicos bromean con las enfermedades de los pacientes para liberar el stress que eso les produce, al igual que a los abogados las causas que nos tiran por la cabeza y que hace que existan lugares como este que nos asesoran y que agradecemos infinitamente. No obstante perdón si herí alguna suceptibilidad. Punto y aparte Dr. Cachivache. Me preguntaste al final de tu charada si entendí y se me generaron algunas preguntas, porqué nunca tuve una testamentaria, si querés respondélas y si no, gracias por tu opinión:
1) Vos decís que con el testamento aprobado le van a permitir como sucesor a mi cliente, abrir en capital la a sucesión a favor de la heredera B (alias la vieja de mierda..) y que luego van a dictar una declaratoria que solo concierna a ella ?
2) No van a ser demasiados los gastos al duplicarse exactamente por dos sucesiones en dos jurisdicciones diferentes, o sea, dos regulaciones de honorarios, dos tasas de justicia, aportes a una caja, ingresos brutos, etc. ?