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  • HEREDERO FALLECIDO

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 #1088637  por ralemos
 
Tengo un heredero A declarado tal en sucesión a su favor (por muerte de la madre), y nunca inscripta la declaratoria dictada. Con posterioridad fallece este heredero A y le sobrevive (solamente) su esposa B, pero antes de poder iniciar la sucesión a favor de ella (B), esta fallece (sin hijos) dejando un testamento a favor de su sobrino. Alguien puede darme una pista de cómo proceder ? Gracias.
 #1088639  por legalescom
 
El sobrino heredero, con tu patrocinio, deberá iniciar la sucesión testamentaria de la causante, solicitando que, por razones de conexidad, se radique por ante el Jugado, donde tramitara la sucesión del primer causante. Luego inscribís la primer declaratoria, con la segunda declaratoria y testamento. ¿Capisce?
 #1088645  por ralemos
 
Si entendí y te agradezco. Algo más: con relación a los honorarios y para poder hacer un acuerdo con el cliente, la regulación en el expediente en cuánto incrementa la que hubiera resultado solo de la sucesión de la esposa B ?
 #1088650  por legalescom
 
Entendería que, como en ambas sucesiones, se transmite el 100%, correspondería regular el doble de honorarios que se hubieren regulado por una.
 #1088673  por ralemos
 
Ok. Disculpáme que abuse de tu amabilidad...pero para que me quede bien claro con relación a lo primero, vos sugerís qué, en el Juzgado que tramitó la sucesión a favor del heredero A (fallecido) me van a permitir tramitar (acumular) la Sucesión Ab Intestato de la causante B, con la Testamentaria del heredero (sobrino) C. Es así ?
 #1088690  por legalescom
 
Exacto, lo inicias por Receptoría y pedís, tanto en el escrito, como en las planillas respectivas, se radique, por razones de conexidad, por ante el Juzgado del primer sucesorio.
 #1088710  por ralemos
 
Disculpáme pero este caso tiene más suspenso que el de un funcionario recientemente desaparecido...me acaban de informar que esta mujer falleció en el interior de la provincia de bs. as. adónde se accidentó cuando fue a visitar a su sobrino (C) y por razón de poder ser atendida por el Pami en esa ciudad, le tuvieron que hacer un cambio de domicilio, que obviamente es el que figura en el certificado de defunción. Crees que es posible iniciar la sucesión en Capital Federal de la forma que dijiste, con las declaraciones de dos testigos que acrediten que solo estaba allá transitoriamente. ? o si no, qué ?
 #1088730  por legalescom
 
Si, efectivamente, que dos testigos lo acrediten y listo. No más preguntas, doy por terminada la consulta.
 #1088813  por BeastMan
 
legalescom escribió:

Amigo, vos que la tenes clara, te hago una consulta. Existe un proceso sucesorio ab intestato cuyo causante es “C” iniciada en Provincia de Bs As donde se ordenó la inscripción de la declaratoria de herederos en relación a un bien inmueble en favor de sus 2 hijas “A” y “B”. La declaratoria de herederos en relación a ese bien inmueble nunca se inscribió. En ese proceso consta el certificado catastral que todavía no perdió vigencia, el de valuación fiscal y se pago la tasa de justicia y contribución a la caja.

Pero tiempo después fallece una de las herederas que sería la heredera “A” en la misma localidad del causante “C”


Pregunto: Las herederas de la causante “A” ¿que pasos deberían dar? ¿como se procede en este caso?
 #1088816  por ralemos
 
bueno bueno, la verdad me dejaste ingratamente sorprendido...no entiendo toda esa agresión y por supuesto no me voy a poner a contestarla..., sólo decir que fue una ocurrencia espontanea y desprovista de cualquier sentido que quizá tus palabras si le otorguen..., al modo que los médicos bromean con las enfermedades de los pacientes para liberar el stress que eso les produce, al igual que a los abogados las causas que nos tiran por la cabeza y que hace que existan lugares como este que nos asesoran y que agradecemos infinitamente. No obstante perdón si herí alguna suceptibilidad. Punto y aparte Dr. Cachivache. Me preguntaste al final de tu charada si entendí y se me generaron algunas preguntas, porqué nunca tuve una testamentaria, si querés respondélas y si no, gracias por tu opinión:

1) Vos decís que con el testamento aprobado le van a permitir como sucesor a mi cliente, abrir en capital la a sucesión a favor de la heredera B (alias la vieja de mierda..) y que luego van a dictar una declaratoria que solo concierna a ella ?

2) No van a ser demasiados los gastos al duplicarse exactamente por dos sucesiones en dos jurisdicciones diferentes, o sea, dos regulaciones de honorarios, dos tasas de justicia, aportes a una caja, ingresos brutos, etc. ?