Hola gente, les quiero preguntar si alguien sabe con precisión cuál es el verdadero alcance o peso jurídico que tiene el típico boleto de compra venta automotor preimpreso que se vende en cualquier librería o casa de venta de formularios. El mismo tiene firma por ambas partes y en la parte de abajo siempre dice: "....el vendedor se hará responsable por...cualquier impedimento que el comprador pudiera tener para disponer del vehiculo...etc....", ese boleto obviamente vale para los que lo firman, para el registro no existe, solo vale el 08, la pregunta es...si luego de presentado el 08 por ambas partes y la transferencia resulta exitosa sin ningún tipo de observación....puede el nuevo adquirente reclamarle al antiguo dueño después de un año en su poder y a su nombre..un resarcimiento porque el motor estaba adulterado? La duda es...hasta cuando vale ese boleto? si el auto se entregó y se transfirió perfectamente...y luego de un año el comprador reclama adulteración de motor...
Gracias por responder
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