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  • EMPLEADORA NIEGA ART A EMPLEADO ACCIDENTADO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1090676  por barbara2013
 
BUENAS TARDES FORISTAS. NECESITARÍAMOS OPINIONES SOBRE EL SIGUIENTE CASO:
EMPLEADO SE ACCIDENTA COLUMNA POR ESFUERZOS FISICOS SIN PROTECCION EN UNA FÁBRICA.
MEDICO DE LA FÁBRICA LO MEDICA CON UN ANALGÉSICO COMÚN. CONTINÚA SU DOLOR. CONSULTA A MEDICO PARTICULAR. EMPLEADORA SE NEGÓ HACER LA DENUNCIA ANTE SU ART. MEDICO PARTICULAR MEDIANTE RESONANCIA LE DIAGNOSTICA HERNIA DE DISCO POR ESFUERZO FÍSICO. FALTA AL TRABAJO JUSTIFICANDO CON CERTIFICADO PERTINENTE EXTENDIDO POR MEDICO PARTICULAR(TRAUMATÓLOGO). DELEGADO DEL SINDICATO LE ENVIA MSJ AL EMPLEADOR DICIENDO QUE "AHORA SÍ HAY QUE RECLAMAR, ENVIAME NOTA PARA PRESENTAR ANTE EL MINISTERIO Y LE OFRECE ABOGADO DEL SINDICATO.
CONSULTA ¿QUE PASOS DEBERÍAMOS TOMAR PRIMERAMENTE? RECLAMO ANTE ART Y EMPLEADOR POR VÍA ADMINISTRATIVA? LUEGO VÍA CIVIL O LABORAL INICIAR DAÑOS Y PERJUICIOS POR EL DAÑO PERMANENTE EN SU SALUD? A LA FECHA NO SE REALIZÓ NADA, POR ELLO EL EMPLEADO REALIZÓ SU CONSULTA A FIN DE PROCEDER CORRECTAMENTE. ESPERAMOS OPINIONES, MUY AGRADECIDOS.
 #1090692  por DRA. MACA
 
A continuacion Paso a paso en forma minuciosa y detallada te responderá el usuario "DR. GRACIOSO" quien dice ser especialista en estas cuestiones, tanto vos como yo esperamos nos demuestre su altísimo conocimiento en la rama. Asi como tambien responderá todos los post relacionados con ART porque conoce como ninguno de los usuarios de aca, con mínimos detalles el ABC DE TODO EL PROCEDIMIENTO.

Gracias que el foro tiene un usuario especialista que responderá absolutamente todas las dudas, y demostrará su VASTÍSIMO conocimiento.
 #1090768  por danibela
 
Hola!! No se peleen mas!
Después de la ley 26.773 no conviene hacer acción civil. Conviene hacer el reclamo por prestaciones ante la ART. La denuncia la puede hacer el trabajador. No entendí si es accidente o enfermedad. Si es accidente, la ART lo debería aceptar pero puede rechazar parcialmente alguna de las dolencias. Generalmente aceptan la lumbalgia aguda y rechazan la hernia discal (argumentando es inculpable). Si es enfermedad y el actor no está expuesto al riesgo conforme la tabla, ni se gasten en hacer la denuncia porque lo van a rechazar. La diferencia entre hacer la denuncia y no hacerla es que si la haces y el siniestro es aceptado, el unico hecho controvertido es la incapacidad del actor y el IBM, por lo que con una pericia médica y la lista sábana de AFIP que sacan de oficio muchos de los juzgados, ya tenes el caso ganado. Ademas, dependiendo de la ART, con denuncia aceptada, te llaman para ofrecer revisación privada y conciliar. Si no hay denuncia, tenes que probar el accidente o las tareas que hacía el actor (en caso de enfermedad), en ese caso si o si tenes que ofrecer testigos, ya que con la PM acreditas la incapacidad pero no el nexo de causalidad entre las tareas y el daño.
Obviamente, hay que iniciarlo en laboral pidiendo la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 22 LRT. Ni ahí pasar por Comisión Médica.
Saludos.
 #1090802  por DRA. MACA
 
Disculpame danibela si no conocés como viene el tema no te entrometas, hace 8 años que estoy registrada en el portal y aca entra gente que no es abogada, no son colegas mios ni mucho menos, en el sitio hay un moderador y administradora, no necesitamos una maestra ciruela que nos diga lo que debemos hacer o no.
 #1091120  por danibela
 
DRA. MACA escribió:Disculpame danibela si no conocés como viene el tema no te entrometas, hace 8 años que estoy registrada en el portal y aca entra gente que no es abogada, no son colegas mios ni mucho menos, en el sitio hay un moderador y administradora, no necesitamos una maestra ciruela que nos diga lo que debemos hacer o no.
Mirá, la verdad que no se ni como viene el tema ni me interesa. Pero si tengo derecho a opinar, porque justamente es un foro. Hace un par de días hice una consulta y se empezaron a pelear y me parece cualquiera, porque no aportan nada y creo que el objetivo del foro es ayudarnos. Las peleas se deberían hacer en privado porque a nadie a mas que ustedes les interesa "como viene el tema". Saludos.
 #1091181  por DRA. MACA
 
Muy conmovedor. Terminaste el discurso? Bueno. Te repito hago lo que se me da la gana y escribo lo que quiero vos a mi no me vas a decir que tengo que hacer ni como ni donde estamos? Lo que faltaba que desubicada. Si te molesta avisarle al moderador que para eso esta. Chau.
 #1091223  por danibela
 
[quote="DRA. MACA"]Muy conmovedor. Terminaste el discurso? Bueno. Te repito hago lo que se me da la gana y escribo lo que quiero vos a mi no me vas a decir que tengo que hacer ni como ni donde estamos? Lo que faltaba que desubicada. Si te molesta avisarle al moderador que para eso esta. Chau.[/quot
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 #1091226  por DRA. MACA
 
Pobrecita...
 #1091724  por barbara2013
 
danibela escribió:Hola!! No se peleen mas!
Después de la ley 26.773 no conviene hacer acción civil. Conviene hacer el reclamo por prestaciones ante la ART. La denuncia la puede hacer el trabajador. No entendí si es accidente o enfermedad. Si es accidente, la ART lo debería aceptar pero puede rechazar parcialmente alguna de las dolencias. Generalmente aceptan la lumbalgia aguda y rechazan la hernia discal (argumentando es inculpable). Si es enfermedad y el actor no está expuesto al riesgo conforme la tabla, ni se gasten en hacer la denuncia porque lo van a rechazar. La diferencia entre hacer la denuncia y no hacerla es que si la haces y el siniestro es aceptado, el unico hecho controvertido es la incapacidad del actor y el IBM, por lo que con una pericia médica y la lista sábana de AFIP que sacan de oficio muchos de los juzgados, ya tenes el caso ganado. Ademas, dependiendo de la ART, con denuncia aceptada, te llaman para ofrecer revisación privada y conciliar. Si no hay denuncia, tenes que probar el accidente o las tareas que hacía el actor (en caso de enfermedad), en ese caso si o si tenes que ofrecer testigos, ya que con la PM acreditas la incapacidad pero no el nexo de causalidad entre las tareas y el daño.
Obviamente, hay que iniciarlo en laboral pidiendo la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 22 LRT. Ni ahí pasar por Comisión Médica.
Saludos.
MUCHÍSIMAS GRACIAS POR LA RESPUESTA. RESPECTO A TU CONSULTA SE TRATA DE UN ACCIDENTE (el empleador hacía muchísima fuerza descargando material de trabajo, comenzó con los dolores de lumbalgia, y terminó con la hernia de 2 discos, la empleadora solo le dió "diclofenac 75 mg....como si fuera una mera contractura por Dios..!!! obviamente lo quisieron hacer la denuncia como ART y gasto mucho $ en médico particular).