Hola, estoy tramitando una sucesión en Pcia. de Bs. As., la causante era viuda y cobraba una pensión en IPS por su amrido fallecido. La causante muere en agosto y no percibió la pensión de ese mes. Es decir, se devengó y no la persibió. El hijo, heredero, pretender cobrarla. Inicié la sucesión y mandé oficio al IPS y éste responde que a nombre de la causante no se registra pensión graciable. Cómo sería el tema. Qué paso tengo que hacer para que reconozcan la pensión devengada y no percibida y se la paguen al hijo?. Gracias.
