Hola a todos:
Les hago una consulta, en una sucesión en provincia de Buenos Aires me han intimado a dar cumplimiento con el art. 21 ley 6716 e ingresos brutos.
La duda es, ¿como acredito el pago de los honorarios en el expediente? ¿como acredito el pago de ingresos brutos?
Si mi cliente no puede abonarme previo al cobro de las sumas que tiene que percibir, puedo pedir que se deduzcan de las sumas depositadas en la cuenta judicial y que me libren giro a mi nombre? o puedo presentar escrito informando simplemente que he percibido los honorarios aunque arregle con mi cliente que me los pague cuando cobre después?
La experiencia que puedan trasmitirme será de mucha ayuda!
Muchas gracias.
Les hago una consulta, en una sucesión en provincia de Buenos Aires me han intimado a dar cumplimiento con el art. 21 ley 6716 e ingresos brutos.
La duda es, ¿como acredito el pago de los honorarios en el expediente? ¿como acredito el pago de ingresos brutos?
Si mi cliente no puede abonarme previo al cobro de las sumas que tiene que percibir, puedo pedir que se deduzcan de las sumas depositadas en la cuenta judicial y que me libren giro a mi nombre? o puedo presentar escrito informando simplemente que he percibido los honorarios aunque arregle con mi cliente que me los pague cuando cobre después?
La experiencia que puedan trasmitirme será de mucha ayuda!
Muchas gracias.