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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1091869  por DRA. MACA
 
Danibela, ya sabemos que abogada no sos sino un multiusuario, lo mas triste es que se crea uno EXCLUSIVAMENTE PARA ENVIARME MP

No era que te habías ido de viaje? :roll: :roll: :roll: :roll: :roll: :roll: :roll: :shock: :shock: :shock: :shock: :shock: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:

Gracias por crearte tantos usuarios solamente con fines de responderme a mi solamente. Ya sabemos cuanto te da tu cerebro, y hasta aca mas no llega, pobre gordita desempleada y que se dedica a comer y hacer acá lo que ve en las telenovelas.

Consulta
Enviado: Mié Mar 25, 2015 8:43 am
De: elcorredor
Para: DRA. MACA

Estimada
Me llamo Franco, soy de Provincia de Misiones y me dedico mayoritariamente al Derecho Laboral, dentro del cual tenemos muchas cuestiones de Accidentes de Trabajo.

En el dia de la fecha me puse a investigar sobre un problema que estoy teniendo y llegue a ti por una contestación muy clara que le hacías a un forista en una cuestión de ART.

Visto eso es que decidi escribirte a los fines de solicitarte una ayuda en cuanto se pueda en la cuestión que me tiene preocupado hace varios dias.

De ser posible paso a comentarte mi problema:
- Cuando un accidentado llegaba al estudio, lo que se hacia era iniciar una demanda sistemica a la art, el cliente iba a la comisión y de haber incapacidad cobraba un dinero. El juicio seguía, lo veia el perito, por lo general le mejoraba la incapacidad y se llegaba a sentencia. En algunos casos la art contestaba fuera de termino y hasta a veces no demostraban el pago en sede administrativa.
- Con la vigencia de la nueva ley se empezó a poner mas difícil la cuestión. En el contexto anterior las art dejaron de pagar el dinero del dictamen en sede administrativa y lo CONSIGNABAN EN EL EXPEDIENTE. Recientemente, Galeno, Prevención, Provincia, directamente nos envian una carta documento diciendo que al hacer juicio hemos realizado la OPCIÓN EXCLUYENTE (cosa que entiendo no es asi, puesto que eso se refiere a cuando uno inicia una demanda integral en sede civil - no una demanda sistemica)
- Ahora bien, luego de varias cartas documentos y denuncias ante la superintendencia, todos me han contestado que ellos ENTIENDEN que hacer juicio es realizar la opción excluyente. La SRT apaña este comportamiento.
- Entonces me veo en una situación que aun no se que hacer. Aparte de los beneficios de hacer juicio, tengo el caso también de esos clientes de largo tratamiento que considero tiempo perdido que podia ganar en el juzgado y como no puedo resolver aun este tema no se si judicializar o no cuando me entra un cliente.
- De ser por mi haría juicio para todos, el tema es que la realidad también es diferente, el accidentado espera cobrar un dinero administrativamente y es muy difícil sostenerlo durante todo el proceso sin que vea algo de plata.

Apelo a tus conocimientos sobre la materia para que me puedas orientar sobre lo que sucede en la actualidad, si se puede hacer algo, que me recomiendas?

Desde ya te agradezco en lo que puedas decirme y también a tu disposición para cualquier cosa en la provincia.

saludos, Franco