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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1093834  por Lucero
 
Buenas tardes:

Quiero hacerles una consulta. Viene a verme un cliente por un tema laboral.
El tema lo tenia otro abogado.
Mi cliente hace poco mas dos años y frente a negativa de tareas reclamo se regularice su situacion en su empleo, haciendo reserva (art 1201)de presentarse a trabajar hasta tanto se regularice su situacion. Es asi como consecuencia de su misiva, el empleador obviamente nego todo y lo intimo a presente en 24 horas a trabajar, frente a lo cual mi cliente envia despacho telegrafico reiterando los terminos de su anterior misiva-
Es asi como su empleador vuelve a rechazar todo y le hace saber que frente a su falta de presencia a su trabajo se loconsidera despedido por su exclusiva culpa.
Posteriormente mi cliente remite TCL negando la CD de su empleador y considerandose gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa.
Ahora bien, el otro abogado sortea la demanda en fecha 19 de marzo de 2013. La demandada plantea la prescripcion ya que la CD de despido del empleador por no haberse presentado a trabajar es de fecha 15 de marzo de 2011. Ahora bien, el TCL de mi cliente donde se considera despedido por culpa del empleador es de fecha 22 de marzo de 2011. Tienen jurisprudencia para poder hacer valer la demanda, tirando abajo el despido practicado por la demandada y haciendo valer el despido indirecto?
Por otra parte, me pueden decir si existe la forma de verificar cuando fue recibida la CD por mi cliente toda vez que el folio donde consta la fecha ya no la tiene en su poder y el otro abogado no la agrego en la demanda y habiendo ingresado en la pagina de correo argentino obviamente ya no figura en virtud del tiempo transcurrido
 #1093957  por danu79
 
[quote="Lucero"]Buenas tardes:

Quiero hacerles una consulta. Viene a verme un cliente por un tema laboral.
El tema lo tenia otro abogado.
Mi cliente hace poco mas dos años y frente a negativa de tareas reclamo se regularice su situacion en su empleo, haciendo reserva (art 1201)de presentarse a trabajar hasta tanto se regularice su situacion. Es asi como consecuencia de su misiva, el empleador obviamente nego todo y lo intimo a presente en 24 horas a trabajar, frente a lo cual mi cliente envia despacho telegrafico reiterando los terminos de su anterior misiva-
Es asi como su empleador vuelve a rechazar todo y le hace saber que frente a su falta de presencia a su trabajo se loconsidera despedido por su exclusiva culpa.
Posteriormente mi cliente remite TCL negando la CD de su empleador y considerandose gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa.
Ahora bien, el otro abogado sortea la demanda en fecha 19 de marzo de 2013. La demandada plantea la prescripcion ya que la CD de despido del empleador por no haberse presentado a trabajar es de fecha 15 de marzo de 2011. Ahora bien, el TCL de mi cliente donde se considera despedido por culpa del empleador es de fecha 22 de marzo de 2011. Tienen jurisprudencia para poder hacer valer la demanda, tirando abajo el despido practicado por la demandada y haciendo valer el despido indirecto?
Por otra parte, me pueden decir si existe la forma de verificar cuando fue recibida la CD por mi cliente toda vez que el folio donde consta la fecha ya no la tiene en su poder y el otro abogado no la agrego en la demanda y habiendo ingresado en la pagina de correo argentino obviamente ya no figura en virtud del tiempo transcurrido[/quote
Solo intimó por negativa de tareas? No intimó por registración? Si es así yo entiendo que si la intiman a reincorporarse se tendria que haber reincorporado o haber dicho que fue y que no la dejaron entrar. Para mi está mal que haya reiterado su reclamo. Veo dificil hacer valer el despido indirecto. Por otra parte si el despido fue directo y con causa. Cual es el objeto del reclamo? Por tu consulta, no se como lo podes averiguar. Será una cuestión de prueba. No acompañó el remito la empleadora? Si no es así jugate a decir que fue después, sin darle demasiada expectativa de éxito a tu cliente y tratá de arreglarlo rápido aunque sea por poca plata. Es mi humilde consejo. *suerte*
 #1094047  por Lucero
 
Gracias por tu comentario. El intimo al empleador a que regularice su situacion por falta de registracion de parte de su salario y por fecha posterior a la de su ingreso real. Al momento de intimar hizo la reserva del art. 1201 que permite al empleado a no presentarse a trabajar hasta que reguñaricen su situacion.
Luego el empleador en su conteste y lo intima a presentarse a trabajar. Mi cliente reitera su reclamo y reitera que se encuentra haciendo uso de la reserva del 1201.
A posteriori el empleador le remite cd despidiendolo por no haberse presentado a trabajar y posteriormente mi cliente niega ese despido y se considera injuriado y despedido por su exclusiva culpa.
Estoy vislumbrando una posibilidad para hacer caer el despido del empleador, y apuntar al despido indirecto de mi cliente, de modo de que el ultimo tcl de el haya operado como suspension de la prescripcion. Si a alguien se le ocurre algo mas, todo aporte es bienvenido