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  • PRELACION EN EL PAGO - ENFERMEDAD GRAVE

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1093978  por ignatus1978
 
Buenos días Colegas,

tengo un caso en el estudio, se trata de una Sra. viuda que cobra una pensión, en vida su esposo hizo juicio a ANSES en razón de nunca le pagaron la renta vitalicia ley 18037 que le correspondía; ese juicio se gano al año de fallecido el Sr., y tiene sentencia de cámara (firme) en el año 2010.
Hasta la fecha no le han pagado ni los retroactivos ni le han actualizado el haber a la Sra.; hay un juicio a su vez por errónea liquidación de la pensión de la sra. en donde anses planteo litispendencia y esta a Resolver.

La consulta es por el pago del retroactivo adeudado al Sr.

La Sra. padece una enfermedad grave, pero no terminal. Es grave porque tiene múltiples deformaciones en la columna vertebral, y cuanta enfermedad puedan imaginarse en los huesos. Eso le impide trasladarse, caminar, hacer quehaceres diarios, etc. etc. ES GRAVE.
El expediente de la liquidación sigue desde 2010 en DGSJ, y pasa de una oficina a la otra sin novedades.
Mi pregunta es: es conveniente presentar informe médico y solicitar la prioridad de pago a la ANSES? Nunca he formulado ese trámite, pero mi temor es hacer esa presentación y que el expediente salga del "cauce normal" que viene siguiendo, y se demore aún más. O sea, que el pedido de prioridad de pago perjudique en definitiva el pago.
Alguno de uds. tiene experiencias en estas presentaciones? Qué resultados a obtenido? Alguna sugerencia?

Desde ya, muy agradecido. Saludos!
 #1094142  por marita1980
 
hola, yo he iniciado en varias oportunidades, hasta ayer incluso, yo estoy en el interior, y en la Udai ya me conocen, inicio SIN TURNO expte 811, va a la comisión medica y salvo el de mi abuela, ja, porque me pedían mas estudios por su enfermedad, o un sr. discapacitado amputado de un brazo todos me salieron favorables, luego que veo el 811 favorable se va a la mesa de entrada de sentencias para adjuntarse, pero como quedan dando vueltas, empiezo a mandar telegrama ley gratis, desde correo argentino intimando el pago, a la gerencia de liquidaciones y a la gerencia de cordoba 720,
en todos los casos me los han apurado, el ultimo que tuve fue de noviembre y recién se manda a liquidar ayer, es lo que mas me ha tardado pero cobra mas de 7000 de jubilación y es joven, creo que eso me lo demoro, pero aun asi me lo mandan a liquidar
yo lo iniciaría, el tramite seria en la Udai del domicilio, no se en capital, es sin turno, y a insistir
 #1094335  por ignatus1978
 
Hola Martita1980,

gracias por tu respuesta. Pensaba que tenía que ir a tramitarlo a Bs As, también soy del interior. Pero como el expediente (ambos) estan en BS AS en la DGSJ, si presento algo por ante la UDAI de acá, segura sacan al expediente del trámite y tal vez se demora más.

Otra consulta: cuando presentase el pedido lo hiciste con un escrito o hay algun formulario que rellenar?

Muchas gracias, y gracias por tu respuesta me ha ayudado bastante. Saludos!