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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1094377  por LAUBOG
 
Colegas,
Nunca tuve el gusto, trato de llevarme todo a capital, pero ahora voy por la empleadora que quiere despedir a su empleada domestica. Ya estan de acuerdo en el monto, solo necesito llevarlas a homologar.

Entiendo que es en el Ministerio de TRabajo de la provincia.. es con turno o vamos directo a la oficina cercana al domicilio?
Tienen que ir las dos partes acompañadas de letrado, como en el SeCLO?
Entro a la pagina del Ministerio y no encuentro link que me lleve a puerto... tengo que tener clave?

Gracias!
 #1094405  por slipping
 
Hola: Tenés que pedir audiencia conciliatoria, en un escrito breve que -al menos yo- hago llevar al propio trabajador o empleador y ahí te dan la fecha de audiencia. Si te presentás como letrado de alguna de las partes se paga bono e ius, muchas veces lo que se hace es dejar constancia que ambas partes recibieron asesoramiento previo y los letrados no firman el acuerdo. Suerte!
 #1094421  por LAUBOG
 
slipping escribió:Hola: Tenés que pedir audiencia conciliatoria, en un escrito breve que -al menos yo- hago llevar al propio trabajador o empleador y ahí te dan la fecha de audiencia. Si te presentás como letrado de alguna de las partes se paga bono e ius, muchas veces lo que se hace es dejar constancia que ambas partes recibieron asesoramiento previo y los letrados no firman el acuerdo. Suerte!

Gracias! Las mando con el escrito entonces a pedir audiencia conciliatoria y listo.
 #1094456  por enzoac
 
Ojo que hay algunas delegaciones del Ministerio que no homologan si hay denuncia de trabajo en negro! Si hay rubros en negro preguntá en la tuya, para saber cuál es el criterio. En ese caso no te van a homologar, va a quedar como un acuerdo registrado (que no hace cosa juzgada administrativa).
 #1094504  por LAUBOG
 
enzoac escribió:Ojo que hay algunas delegaciones del Ministerio que no homologan si hay denuncia de trabajo en negro! Si hay rubros en negro preguntá en la tuya, para saber cuál es el criterio. En ese caso no te van a homologar, va a quedar como un acuerdo registrado (que no hace cosa juzgada administrativa).
Gracias x avisarme. No hay denuncia de pagos en negro, pero efectivamente no estaba registrada... Que me sugieren?
Si paga sin acuerdo es saco roto, c acuerdo al menos es un pago a cuenta...
Nunca hice servicio domestico, la verdad ni idea para donde correr...
Gracias
 #1094517  por enzoac
 
Lo más seguro (siempre) es homologar en la Justicia. Pero no te conviene, porque al estar en negro no se puede extinguir la relación sin contradecirse y sin (esto es lo más grave) que se aplique el art. 15 de la LCT.

Si la relación está totalmente en negro hay muchas más chances de que no te homologuen en el Ministerio que de que te homologuen.

Se puede registrar como acuerdo de partes, pero no homologa y además le da publicidad a la situación (las pérdidas quizás superan a la ganancia, jurídicamente hablando).

Yo me arriesgaría a hacerlo entre partes, en privado. Si la trabajadora quiere mandar telegrama de renuncia para así poder cobrar es un golazo (sin telegrama a la AFIP del art. 11 de la Ley de Empleo, desde ya). Queda todo en privado. Sino pagá sin dejar constancias, con algún recibito que quede en tu poder -si dejás constancia de algo le preconstituís prueba para que demuestre el trabajo en negro-. Pensá que siempre va a ser un pago a cuenta por el 260 LCT.