Tengo que practicar una liquidación pero hasta cuanto corren los intereses. Como sería?
Se que corresponde usar la tasa pasiva para plazos fijos a 30 días del banco provincia, y al ser alimentos definitivos corren los intereses desde el incumplimiento. Lo que no recuerdo es hasta que punto corresponde aplicar intereses:
1) hasta la fecha de la toma de razón del embargo,
2) hasta la fecha del depósito de cada cuota,
3) hasta la fecha en que el actor retira el cheque
Además, cuando el empleador ya había depositado la mitad del capital le libraron giro al actor por la totalidad de lo depositado, y cuando se deposito el resto del capital le libraron giro por el resto. Del juzgado me dicen que eso influiría en el calculo de los intereses pero no se en que.
Se que corresponde usar la tasa pasiva para plazos fijos a 30 días del banco provincia, y al ser alimentos definitivos corren los intereses desde el incumplimiento. Lo que no recuerdo es hasta que punto corresponde aplicar intereses:
1) hasta la fecha de la toma de razón del embargo,
2) hasta la fecha del depósito de cada cuota,
3) hasta la fecha en que el actor retira el cheque
Además, cuando el empleador ya había depositado la mitad del capital le libraron giro al actor por la totalidad de lo depositado, y cuando se deposito el resto del capital le libraron giro por el resto. Del juzgado me dicen que eso influiría en el calculo de los intereses pero no se en que.