Hola estimados foristas. Es posible iniciar una usucapión de unos terrenos comprados a una señora, nuera del titular registral. El titular registral murió hace unos 50 años. Su único hijo murió hace 40 años en un accidente y la esposa de este hijo me vende los terrenos con una sesión de derechos y acciones posesorias. Como pruebas me entrega el titulo original y copia de la libreta de casamiento, donde consta quien es su esposo y a su vez de quien es hijo su esposo. Los terrenos estan precariamente alambrados y cada tanto se les corta el pasto.
Como es heredera directa estimo que no es necesaria declaratoria de herederos. La libreta es suficiente prueba para acreditar el parentesco? no se corta la posecion al haberme vendido y cedido los derechos a mi?
Agradeceria enormemente sus comentarios.
Como es heredera directa estimo que no es necesaria declaratoria de herederos. La libreta es suficiente prueba para acreditar el parentesco? no se corta la posecion al haberme vendido y cedido los derechos a mi?
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