El domingo pasado hubo elecciones en la provincia de Santa Fe, mi novia hace unas semanas que esta viviendo en mi casa. Para ser más claro: tuvo una discusion importante con sus padres y decidimos que venga a mi casa por un tiempo.
Ella fue autoridad de mesa unas 4 o 5 veces, nos enteramos el jueves o viernes pasado que la carta del tribunal electoral llego a su casa 1 semana antes y su padre respondio al cartero con "se mudó, no está más aca" y cerro la ventana. Ella NO tiene cambio de domicilio porque esta situación de mudanza no era definitiva.
Yo recibí la carta ya que también fui varias veces autoridad de mesa y la carta dice:
art. 132 C.E.N.: NO CONCURRENCIA O ABANDONO DE FUNCIONES ELECTORALES:
Se penará con prisio de seis meses a dos años a los fncionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deben cumplirlas, o hicieran abandono de ellas.
Al final de la carta hay 3 opciones en las cuales el cartero, al no recibir la carta, puede marcar. Estas son:
1- O MUDOSE
2- O DOMICILIO DESCONOCIDO
3- O REHUSADO
Mi duda es si ella puede llegar a tener algún problema con respecto a esto. Se agradecen mucho sus respuestas, y quiero dejar en claro que ella no es una vaga que no quiere cumplir con su obligación y prueba de ello son las veces que ya participo como autoridad (2 de ellas como voluntaria).
Saludos!
Ella fue autoridad de mesa unas 4 o 5 veces, nos enteramos el jueves o viernes pasado que la carta del tribunal electoral llego a su casa 1 semana antes y su padre respondio al cartero con "se mudó, no está más aca" y cerro la ventana. Ella NO tiene cambio de domicilio porque esta situación de mudanza no era definitiva.
Yo recibí la carta ya que también fui varias veces autoridad de mesa y la carta dice:
art. 132 C.E.N.: NO CONCURRENCIA O ABANDONO DE FUNCIONES ELECTORALES:
Se penará con prisio de seis meses a dos años a los fncionarios creados por esta ley y a los electores designados para el desempeño de funciones que sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deben cumplirlas, o hicieran abandono de ellas.
Al final de la carta hay 3 opciones en las cuales el cartero, al no recibir la carta, puede marcar. Estas son:
1- O MUDOSE
2- O DOMICILIO DESCONOCIDO
3- O REHUSADO
Mi duda es si ella puede llegar a tener algún problema con respecto a esto. Se agradecen mucho sus respuestas, y quiero dejar en claro que ella no es una vaga que no quiere cumplir con su obligación y prueba de ello son las veces que ya participo como autoridad (2 de ellas como voluntaria).
Saludos!