El empleador solicita al empleado mande telegrama renunciando a media jornada de trabajo (actualmente dicho trabajador trabaja 48hs, con fecha de ingreso 16/12/2008). En caso de despido en los próximos 6 meses, el cálculo de la indemnización se hace en base a jornada completa o media jornada?
Este es un foro para colegas, quienes no lo son por su propio bien deben aclararlo, caso contrario solo se perjudican a si mismos con la respuesta, o peor aun no reciben respuesta.
Te conviene consultar por privado a un colega especialista en laboral o vas perder la indemnización que te corresponde por la antigüedad que tenes desde el 2008.
No existe la renuncia a la jornada completa por parte del trabajador. Si haces eso por telegrama como respuesta directamente te pueden despedir con causa en ese telegrama y no te pagan nada. Reitero no existe en la Ley de Contrato de Trabajo.
Si existe la posibilidad que el Empleador te haga reduzca la jornada laboral, a la mitad, a menos de la mitad, etc.
Luego el trabajador decide si la acepta o si se considera despedido, etc.
Salute.