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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #1096452  por kikoger
 
1º El pasado 2 de Noviembre la Agencia Tributaria me comunicó el inicio de actuaciones y puesta de manifiesto de un expediente de derivación de Responsablidad Subsidiaria (Me fué notificado 2 dias después)
El 17 de Novienbre (15 días después) presenté las correspondientes alegaciones.
Teniendo en cuenta que el palzo de Cauducidad es de 6 meses, cuando se cumple el mismo?
El 01 de Mayo ? ( 6 meses naturales)
El 15 Junio ? ( 6 meses + 15 días tiempo alegaciones)
2º Cuantos intentos de notificación de la subsiguiente Resolución me debe realizar la Agencia Tributaria atraves de Correos ?
3ª Si no consigue notificarme en mi domicilio dicha, cual será su siguiente actución? Bop?
Mil gracias
 #1096492  por LucianoSilva
 
kikoger escribió:1º El pasado 2 de Noviembre la Agencia Tributaria me comunicó el inicio de actuaciones y puesta de manifiesto de un expediente de derivación de Responsablidad Subsidiaria (Me fué notificado 2 dias después)
El 17 de Novienbre (15 días después) presenté las correspondientes alegaciones.
Teniendo en cuenta que el palzo de Cauducidad es de 6 meses, cuando se cumple el mismo?
El 01 de Mayo ? ( 6 meses naturales)
El 15 Junio ? ( 6 meses + 15 días tiempo alegaciones)
2º Cuantos intentos de notificación de la subsiguiente Resolución me debe realizar la Agencia Tributaria atraves de Correos ?
3ª Si no consigue notificarme en mi domicilio dicha, cual será su siguiente actución? Bop?
Mil gracias
Hola KIKOGER,
¿Cómo te comunico? ¿Simple nota? ¿Con qué fundamento la responsabilidad subsidiaria? ¿Disculpame, pero a qué te referís con las alegaciones?
¿De que artículo partís con que el plazo de caducidad es de 6 meses?

Necesitaría saber estas cuestiones antes de poder ayudarte. Si te comunicaron por algo más que una nota, y hay una cierta intimación que podría afectarte, podes interponer un recurso de reconsideración exponiendo tus motivos. Y eventualmente, seguir el proceso.
La regla general es que los plazos que se estipulan en meses, se cuentan los días hábiles e inhábiles, pero no las ferias judiciales por ejemplo.

Fijate también en el buscador del foro si algún colega tuvo una situación similar.

Espero haberte ayudado mínimamente.

Saludos