En cuanto a le legitimación pasiva, si hay sucesión abierta se demanda a los herederos declarados. Si no la hay demandás al que conozcas y pedís la intervención del Defensor Oficial (previa citación por edictos) para los herederos de los que ignorás nombre y domicilio.
También se puede pedir al heredero conocido que declare bajo juramento si conoce o no la existencia y domicilios de otros herederos.
Si el cuerpo no está cremado, conviene pedir como medida cautelar la prohibición de retiro y cremación, que se notifica al cementerio.
No sé para qué se quiere iniciar el juicio pero seguramente será económico. En tal caso hay que pedir medidas cautelares para preservar el patrimonio del finado.
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No hagamos consultas que se resuelven con la simple lectura de los códigos. Saludos,
Tiburcio