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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1096709  por fernandol
 
Buenas tardes a todos.
Hace aproximadamente 4 meses un grupo de trabajadores comenzo a prestar servicio para una empresa. Durante tres meses no cobraron sueldo y el empleador les solicito por mensajes de texto que no regresen a trabajar. Durante el ultimo mes estuvieron en reuniones extrajudicialea para lograr un acuerdo. Me piden asesoramiento ya que no llegaron a un acuerdo y el empleador les mando una la semana pasada carta doc intimandolos a que reanuden tareas. No quieren seguir trabajando, solo quieren cobrar los tres meses que se le debe a mas de extir otras irregularidades como mala registracion. Como sugieren contestar para darlos por despedido e iniciar acciones.
saludos y gracias desde ya
 #1096776  por andresxeneizes
 
pedi intimacion a registracion y que paguen salarios adeudados, con retencion de tareas hasta que esten al dia, bajo apercibimiento de considerarlos despedido

es raro, el empleador con todas las de perder los intima a volver a trabajar? tendra recibos de sueldo firmados por los cliente? (cada vez me vuelvo mas paranoico de las cagadas que hacen los clientes)
 #1097025  por DRA. MACA
 
fernandol escribió:No tiene ningun recibo firmado. Puedo darlos por despedidos? Es que en este mes ya encontron otro trabajo
El empleador reconoce que tus clientes trabajaron bajo sus órdenes asi que ahi ya tenes comprobado el vínculo. Por otro lado, si ya intimaste como decis que hiciste, dalos por despedidos, la falta de pago de salarios es una injuria lo suficientemente grave como para que los trabajadores se den por despedidos.
 #1097048  por andresxeneizes
 
DRA. MACA escribió:Por otro lado, si ya intimaste como decis que hiciste, dalos por despedidos, la falta de pago de salarios es una injuria lo suficientemente grave como para que los trabajadores se den por despedidos.
aca me perdi o hay algo que no lei, pero pregunto ¿intimaste por los salarios o registracion?

si intimaste podes darlos por despedidos, sino tenes primero que intimar y luego ante la negativa de esa intimacion alli los das por despedidos