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 #1098492  por RUDAFI
 
Estimados necesito hacer una consulta haber si me pueden ayudar:
Tengo un cliente que fue a comprar un celular y le dicen que no puede hacerlo en cuotas porque esta en el veraz por deudas existente. Resulta que tiene un Juicio ejecutivo en San Martín donde la firma Crédito Para Todos le reclama con un pagare la suma prestada.
Va el notificador a la casa y no encuentra nunca a nadie. Crédito para todos pide responsabilidad de parte actora y selo concede el juzgado sin ningún tipo de averiguación oficial. El notificador va a la casa y lo deja bajo reponsabilidad de parte actora. Luego viene la sentencia en contra de mi cliente que dice que por no haberse presentado se notifica en estrados. la sentencia es de febrero de 2015.

Ahora bien el se entera ahora y a el nunca le llega nada pese a que el notificador dice que le dejo; nunca pidió el crédito y por sobre todo la letra y firma del pagare tampoco son de el.-

Que puedo hacer para revertir esta situación, se puede pedir nulidad y que se retrotraiga todo.-

Desde ya muchas gracias.-
 #1098589  por abogado_1987
 
RUDAFI escribió:Estimados necesito hacer una consulta haber si me pueden ayudar:
Tengo un cliente que fue a comprar un celular y le dicen que no puede hacerlo en cuotas porque esta en el veraz por deudas existente. Resulta que tiene un Juicio ejecutivo en San Martín donde la firma Crédito Para Todos le reclama con un pagare la suma prestada.
Va el notificador a la casa y no encuentra nunca a nadie. Crédito para todos pide responsabilidad de parte actora y selo concede el juzgado sin ningún tipo de averiguación oficial. El notificador va a la casa y lo deja bajo reponsabilidad de parte actora. Luego viene la sentencia en contra de mi cliente que dice que por no haberse presentado se notifica en estrados. la sentencia es de febrero de 2015.

Ahora bien el se entera ahora y a el nunca le llega nada pese a que el notificador dice que le dejo; nunca pidió el crédito y por sobre todo la letra y firma del pagare tampoco son de el.-

Que puedo hacer para revertir esta situación, se puede pedir nulidad y que se retrotraiga todo.-

Desde ya muchas gracias.-
entiendo que procede solo en el supuesto del
ARTÍCULO 338°: Demandado domiciliado o residente en la jurisdicción del juzgado. La citación se hará por medio de cédula que se entregará al demandado en su domicilio real, si aquél fuere habido, juntamente con las copias a que se refiere el artículo 120°.
Si no se le encontrare, se le dejará aviso para que espere al día siguiente y si tampoco entonces se le hallare, se procederá según se prescribe en el artículo 141°.
Si el domicilio asignado al demandado por el actor fuere falso, probado el hecho, se anulará todo lo actuado a costa del demandante.

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... -7425.html
 #1098838  por andresxeneizes
 
de por si, ya es jodido creer que nunca se haya enterado de que tenia algo, porque en la primera vez que va el oficial deja aviso de visita, es decir si tenes ganas de saber de que se trata o lo esperas o contratas un abogado para que vaya a la camara y listo.

otra cuestion si el domicilio donde le mandaron la cedula es donde vive no hay nada que hacerle despues probar que el oficial no dejo la cedula es mision imposible

en relacion a que dio la notificacion bajo resp asi nomas, ojo que el contrato quizas se constituyo domicilio especial y ahi estaria bien si le dieron la not bajo resp asi nomas
 #1098839  por andresxeneizes
 
y me falto agregar, el tipo pide el credito, no lo paga, no le da bola a las notificaciones, y te pide a vos ahora que hagas magia... asi son los clientes
 #1098960  por RUDAFI
 
Desde ya Gracias a todos.-

Andres no es asi el Nunca Pidió ningún Crédito. Es mas el pagare que presentan en la causa no es hecho ni por el ni tampoco su firma. Es decir que de haber tenido la oportunidad de un cuerpo de escritura se probaría que no es el.
Por eso la bronca de esta Persona.-
Es Muy dificil de probar como decís pero el hombre insiste en que nunca le llego nada y que jamas pidio un credito y quiere que alguien lo escuche porque fue estafado.
 #1099147  por RUDAFI
 
ANDRES Muchas Gracias

ahora el juicio de daños lo entiendo,ahora cual seria el juicio ordinario posterior. disculpa mi ignorancia.-

saludos
 #1099238  por andresxeneizes
 
el de discutir la causa de la deuda y pedir la repeticion de lo que pagues por el ejecutivo, ya que en los juicios ejecutivos no se puede discutir la causa de la deuda.
podrias incluso meter un juicio pidiendo ambas cosas, la repeticion de lo que pagues y los daños