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  • Pasar los 50% de incapacidad = certificado?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1100156  por parkerchar
 
Gente disculpen la molestia pero tengo un problemón:

Tengo un cliente al que le estamos llevando varias cuestiones de enfermedades laborales, y un compañero de laburo le está diciendo que por su abogado está haciendo un fangote de guita.

Este compañero le afirma que según su abogado al pasar los 50% de incapacidad por SRT le corresponde una locura de plata ($500 / 700$ MIL). Que su abogado pide algo así como una recalificación en SRT y automáticamente tienen toda esa guita.

Mi cliente quiere eso, sus antecedentes son:

15% de incapacidad en SRT > por una cuestión en una rodilla
21% de incapacidad en SRT > por una lesión en la mano
TOTAL en SRT: 36% de incapacidad.

Nosotros le llevamos el segundo expediente y aparte hicimos un juicio laboral por la diferencia, ese juicio todavía no se cobró pero si se hizo pericial médica. El perito oficial fija 33% de incapacidad total de ese accidente.

15% + 21% + 12% = 48%

Mi cliente me cuenta lo de este otro abogado y me pide que investigue. Yo estuve buscando por internet, consultando colegas, incluso me acerqué con el especialista de derecho laboral del colegio de abogados de acá y ninguno tiene idea de esto.

Yo intento disuadirlo a mi cliente pero imagínense que TANTA plata el tipo no se va a querer perder.

Hoy me llama y me cuenta que habló con el otro abogado, y que le dijeron que sí que lo que el quería se puede hacer. Que se hace un reclamo a SRT y esta le da un certíficado de que pasó los 50% y que eso se cobra así de bien. Por lo cual tengo grave peligro de perder el cliente, y de perder otras cosas que le estamos llevando. Además le dicen que esa diferencia que le fijan en juicio a el no le sirve para nada porque para este reclamo lo único que sirve es lo de SRT.


Ahora van mis preguntas:

1) Si alguien conoce este maravilloso trámite de "recalificación" que entrega tanta guita y nadie de mis conocidos oyó nombrar.

2) Cómo se hace para que esa diferencia a su favor fijada en juicio (después de que se haya homologado el acuerdo o haya sentencia), sea anotada luego en los registros de incapacidad para que se le terminen computando.




GRACIAS DE ANTEMANO POR LA AYUDA

Si alguno sabe algo, se lo agradeceré eternamente.

Saludos