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  • consulta pacto de cuota litis

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 #1100340  por res21321
 
hola! qusiera hacer una consulta porque nunca me pasó, mi cliente ya cobró la indemnización obtenida en un juicio por daños y perjuicios, cuenta con beneficio de litigar sin gastos. En su momento se firmó pacto de cuota litis por 20% pero nunca se presentó para homologar, ahora mi cliente no me quiere pagar el pacto, tengo 2 consultas respecto a esto
la primera es como lo hago valer? debo denunciarlo en el daños con fecha posterior a que se le conceda el beneficio (ya que en su momento se dijo q no se había firmado pacto)
y la segunda es que la que firmó el pacto con mi cliente es mi socia y no yo (yo le lleve adelante todo el juicio) lo puedo hacer valer igual?
espero alguna opinión, desde ya muchas gracias!!!!!
saludos
cecilia
 #1100414  por legalescom
 
Desde ya que, vos, no lo podés hacer valer, de ninguna manera. Respecto a tu socia, creo que tampoco, ya que el pacto, una vez dictada sentencia, no tendría el carácter de aleatorio, como para justificarlo
 #1100590  por andresxeneizes
 
por cuestiones de otra indole, yo he presentado pactos luego de terminado el juicio civil y me los han aceptado, como te digo los presente con conformidad del cliente.

no obstante, el hecho que no se haya presentado en el expte entiendo que hace que no puedas reclamarlo alli, igual ya no te sirve reclamarlo alli porque retiro el dinero, pero es para estudiarlo, pero a priori no veo cual seria el impedimento si el pacto tiene fecha cierta, de iniciar un nuevo juicio por cobro del pacto
 #1100605  por legalescom
 
El "convenio de honorarios" por el cual, letrado y cliente, acuerdan un precio por el servicio a prestarse por el profesional, en uno o varios juicios, y cuyo cumplimiento, aún sin necesidad de homologación, podría ser requerido, según sus términos, antes, durante o después del juicio, debe distinguirse, claramente, del "pacto de cuota litis", que condiciona los honorarios a una participación en el resultado del juicio, y como tal, reviste carácter de aleatorio, por lo que deberá ser presentado y homologado, durante la sustanciación del juicio, y no una vez terminado éste.
 #1100643  por res21321
 
gracias por las respuestas!!! por suerte mi cliente, después de perseguirlo me depositó la plata
saludos cecilia