Hola colegas tengo un caso que me gustaria me ayuden a dilucidar cual puede ser la mejor estrategia, paso a comentarles a ver si me pueden dar una mano:
La Sra. Maria francisca latorre de benitez, en adelante la causante, tenia una propiedad dividida en dos casas separadas por un pasillo, una en la que vive nuestro cliente y otra en la que vive uno de sus hijos: hector (coheredero y hermano de la madre de nuestro cliente, hijo de francisca latorre). Francisca tuvo 4 hijos: marta, hector, maria y dominga. Hector supuestamente ya adquirió mediante cesión de derechos hereditarios las otras partes maria y dominga. La madre del cliente e hija de la causante se llama marta.-
La causante fallece el 15/04/89.-
En el año 1985 la causante suscribe un documento, certificado por escribano echenique, donde manifiesta que su hija marta y su yerno (madre y padre del cliente) han construido su casa habitación en terreno de su propiedad (en el referido inmueble) con permiso otorgado por ella y su esposo, que lo han hecho parte con dinero propio y parte de un crédito obtenido por la causante pero que las cuotas fueron abonadas por marta y su esposo . Luego en el mismo documento se describe lo que fue construido.
En el año 2010 se inicia la sucesión de la causante presentada por los herederos hector, maria y dominga,excepto por la madre del cliente. En el 2011 sale la declaratoria, y en el 2013 sale la ampliación en favor de marta, la madre del cliente.
Marta fallece en el año 2006. Tuvo dos hijos: el cliente y una hermana.
En el 2006 el esposo de marta cede sus derechos hereditarios y posesorios (mediante escritura) al cliente.-
Lo que tenemos que determinar es si el cliente inicia una posesión veinteañal continuando la posesion de marta y alegando la constancia suscripta por la causante en el 1985, sino nos presentamos en la sucesión en representación de su madre marta e interponemos una excepción por posesión veinteañal determinando mediante mensura la porción del inmueble a usucapir (medio rebuscado)
Lo cierto es que desde la muerte de la causante han pasado mas de 20 años hasta que se inicia la sucesion.-
Mi duda es si necesito solicitar la declaratoria o si acreditando el vinculo y la continuacion de las posesiones basta.
Bueno colegas espero puedan ayudarme, saludos y gracias.-
La Sra. Maria francisca latorre de benitez, en adelante la causante, tenia una propiedad dividida en dos casas separadas por un pasillo, una en la que vive nuestro cliente y otra en la que vive uno de sus hijos: hector (coheredero y hermano de la madre de nuestro cliente, hijo de francisca latorre). Francisca tuvo 4 hijos: marta, hector, maria y dominga. Hector supuestamente ya adquirió mediante cesión de derechos hereditarios las otras partes maria y dominga. La madre del cliente e hija de la causante se llama marta.-
La causante fallece el 15/04/89.-
En el año 1985 la causante suscribe un documento, certificado por escribano echenique, donde manifiesta que su hija marta y su yerno (madre y padre del cliente) han construido su casa habitación en terreno de su propiedad (en el referido inmueble) con permiso otorgado por ella y su esposo, que lo han hecho parte con dinero propio y parte de un crédito obtenido por la causante pero que las cuotas fueron abonadas por marta y su esposo . Luego en el mismo documento se describe lo que fue construido.
En el año 2010 se inicia la sucesión de la causante presentada por los herederos hector, maria y dominga,excepto por la madre del cliente. En el 2011 sale la declaratoria, y en el 2013 sale la ampliación en favor de marta, la madre del cliente.
Marta fallece en el año 2006. Tuvo dos hijos: el cliente y una hermana.
En el 2006 el esposo de marta cede sus derechos hereditarios y posesorios (mediante escritura) al cliente.-
Lo que tenemos que determinar es si el cliente inicia una posesión veinteañal continuando la posesion de marta y alegando la constancia suscripta por la causante en el 1985, sino nos presentamos en la sucesión en representación de su madre marta e interponemos una excepción por posesión veinteañal determinando mediante mensura la porción del inmueble a usucapir (medio rebuscado)
Lo cierto es que desde la muerte de la causante han pasado mas de 20 años hasta que se inicia la sucesion.-
Mi duda es si necesito solicitar la declaratoria o si acreditando el vinculo y la continuacion de las posesiones basta.
Bueno colegas espero puedan ayudarme, saludos y gracias.-
