Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DUDA EN SICAM

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1100856  por marianoc
 
Queridos colegas nuevamente recurro a sus conocimientos y experiencias apelando a vuestra colaboración con un SICAM, el tema es así... el titular tenía aportes como autónomo desde los años 70, por lo que tuve que solicitar la unificación de las cuentas de AFIP y ANSeS.

En el padrón histórico de autónomos aparece como fecha de inicio 03/71.

En la ventana "Pagos" del SICAM aparecen desde el 01/1972 hasta el 06/1994, pero hay períodos que no están incluidos entre otros:
- 03/71 al 12/71;
- 05/72 al 06/72;

Mi pregunta es en la situación de revista coloco desde el 03/1971 hasta el 06/1994, ¿Mi duda radica en relación a los mencionados períodos que no están en la ventana "Pagos" respecto de si: ¿Deben ser incluidos o excluidos de la Situación de Revista?

Es decir para que se entienda mejor, cuando me refiero a excluir digo que debería realizar cortes en la situación de revista de manera que dichos períodos no aparezcan en la misma.

Desde ya y por antemano muchas gracias, Mariano
 #1100862  por zaffaroni
 
si hubiese leido *leo* *leo* *leo* la resolucion 555 no estaria preguntando algo tan basico, no nos falta el respeto
 #1101159  por Emma2011
 
marianoc escribió:Queridos colegas nuevamente recurro a sus conocimientos y experiencias apelando a vuestra colaboración con un SICAM, el tema es así... el titular tenía aportes como autónomo desde los años 70, por lo que tuve que solicitar la unificación de las cuentas de AFIP y ANSeS.

En el padrón histórico de autónomos aparece como fecha de inicio 03/71.

En la ventana "Pagos" del SICAM aparecen desde el 01/1972 hasta el 06/1994, pero hay períodos que no están incluidos entre otros:
- 03/71 al 12/71;
- 05/72 al 06/72;

Mi pregunta es en la situación de revista coloco desde el 03/1971 hasta el 06/1994, ¿Mi duda radica en relación a los mencionados períodos que no están en la ventana "Pagos" respecto de si: ¿Deben ser incluidos o excluidos de la Situación de Revista?

Es decir para que se entienda mejor, cuando me refiero a excluir digo que debería realizar cortes en la situación de revista de manera que dichos períodos no aparezcan en la misma.

Desde ya y por antemano muchas gracias, Mariano
Hola, podes incluir en sit.de revista desde el 3/71 al 6/94 ( si dentro de esos periodos hay algunos impagos y no los necesitas los podes renunciar con el art.1 de la ley 25321).
Es decir hace la liquidacion, calcula y fijate cuales son los meses que ya liquidados quedan impagos y reitero, si no te hacen falta, podes renunciarlos.Saludos
 #1101170  por zaffaroni
 
insisto que primero debe ponerse a estudiar *leo* *leo* *leo* muestra que ni leyo la 555