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  • Divorcio eximición de audiencias!!

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 #1101187  por doctorasol
 
Estimados foristas.. Les consulto si en caso de iniciar un divorcio por art. 214, inc. 2, en que la demanda es firmada por los dos cónyuges con sus respectivos letrados, podemos pedir la eximición de las audiencias (uno de los esposos reside en otra provincia actualmente). El divorcio tramitaría en CABA y no estoy segura de si eximen de las audiencias en caso de solicitarlo.
Gracias!!
 #1101204  por PRETOR
 
Hola. En provincia podés sustituir la segunda audiencia con un escrito (la primera es obligatoria). De todas formas peticionalo por escrito (cada juzgado con su librito) a lo mejor te lo proveen, no tenés nada que perder. Saludos
 #1101278  por andresxeneizes
 
quedan 7 u 8 semanas habiles hasta el 1/8, si lo presentan despues de la feria chica no hay duda que se evitarian las audiencias
igualmente si lo inician hoy, no creo que te den una audiencia antes de la feria, y despues entiendo que debe aplicarse el cod nuevo