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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1101674  por chango10
 
Hola quisiera, de ser posible, me den una respuesta a la siguiente consulta:
Mi tía (Alemana residente en Munich, viuda y sin hijos) falleció en Munich hace 2 años y dejó como única heredera a su hermana (mi madre que vive y tiene residencia en Argentina). Ya cumplidas todas las gestiones hereditarias con su abogada de Munich hace 15 días se solicitó una cuenta para realizar el giro del dinero heredado. Pero mi madre (que es viuda) falleció hace un mes, entonces mi único hermano (que vive y reside en Argentina) y yo (que vivo y resido en España) somos los únicos herederos.
Una vez que comuniquemos al liquidador de mi tía la nueva situación, en que, por sucesión, ahora una mitad le corresponde a mi hermano y la otra a mí, mi duda es: el dinero se giraría desde Munich a Argentina y luego una mitad quedaría para mi hermano y la otra (la mia) se giraría de Argenina a España ( con el consiguiente perjuicio de pasar los euros a pesos argentinos y luego nuevamente a euros) o se puede directamente girar desde Munich una mitad a Argentina (donde reside legalmente mi hermano) y la otra a España (donde resido legalmente yo)?
Gracias
 #1101714  por ccolalongo
 
Lo que sea que hagan con el dinero que no pise suelo argentino porque la AFIP no solo te lo pesifica al oficial sino que te saca casi todo, fijate de viajar a donde sea que no sea acá.