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  • emplead reclama indemnizacion sin considerarse despedida

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1101936  por patriciav
 
Hola a todos, le queria comentar una situacion que me derorienta un poco es asi:
empleada en negro intima a empleador por dacion de tareas, registracion laboral, a su ve el empleador envia cd intimando se presente a trabajar por considerarlo incurso en abandono de tareas (la relacion es en negro), lo hizo porque sabia que en cualquier momento le llegaba la intimacion del empleado. Desde hacia un tiempo la empleada hacia lo que queria, faltaba sin avisar, contestaba mal, no cumplia ordenes. Las intimaciones se cruzaron en el correo, pero recibio primero la intimacion el empleador. Se contesto reconociendo la relacion laboral, pero no se reconocio remuneracion, horarios de trabajo, tareas realizadas. Se le hizo saber a la empleada sobre una denuncia que se habia hecho por un robo de varios meses antes en el que aparentemente la empleada habria tenido una participacion indirecta (habria comentado sobre el sistema de alarma y otras medidas de seguridad del lugar), y se la intimo de nuevo para que se presente a trabajar y ver el tema de la registracion. Se siguio con el intercambio, la empleada nunca mas se presento a trabajar, y continuo con el intercambio reclamando lo mismo y diciendo que ella habia intimado primero. Despues de varios dias el empleador lo considera incurso en abandono de tareas y despedido por dicha causal y pone liquidacion final a su disposicion (vacaciones y sac proporcional). La empleada contesta y ratifica sus epistolares, reclama indeminzacion, preaviso, antiguedad, multas por la falta de registracion reconocida, salarios caidos, horas extras, feriados, etc, etc, pero nunca se considera injuriada y despedida expresamente.
Habia un acuerdo de palabra entre los dos que la relacion laboral seria en negro asi la empleada cobraba la asignacion universal de su hija. Habia una relacion de confianza, fueron juntas al teatro, al bingo, la llevaba en auto hasta su casa cuando cerraban por temor a que le pase algo, eran un par de cuadras.
Soy la abogada del empleador, quien por cierto es mi hermana, obviamente le dije que iba a tener que pagar y la idea es esa pero sin que llegue a juicio, pero parece que la empleada no piensa igual porque no aparecio mas, ni pone en los telegramas datos de su abogado como para llegar a un acuerdo antes. Esto es en provincia de buenos aires. Ahora tendria, segun mi parecer dos opciones: 1) llamarla, pedirle los datos de su abogado y negociar y finalizar con un acuerdo en una escribania para evitar cualquier reclamo posterior judicial alegando que hay diferencias, que la obligue a aceptar o lo que se le pueda ocurrir despues.
2) consignar judicialmente el pago de la liquidacion final (Vacaciones y sac proporcional, nada mas sin multas): no me gusta tanto esta opcion porque se que va a reconvenir por despido indirecto o va a oponer diciendo que como reconoci la relacion laboral faltan las multas.
Mi duda esta en que no se considero expresamente injuriada, ni despedida, los salarios caidos seguirian corriendo y no se como interpretarlo.
Segun su experiencia, la mia en laboral es muy poca, que me convendria hacer?? espero sus opiniones, saludos y gracias
Patricia
 #1102254  por andresxeneizes
 
a su ve el empleador envia cd intimando se presente a trabajar por considerarlo incurso en abandono de tareas (la relacion es en negro),

aca jugaron con fuego, reconocen la relacion laboral
Se contesto reconociendo la relacion laboral, pero no se reconocio remuneracion, horarios de trabajo, tareas realizadas.
aca se intenta arreglar, pero me parece que la carga de la prueba de probar que solo laboraba estas horas la tiene el empleador, seguimos jugando con fuego
Se le hizo saber a la empleada sobre una denuncia que se habia hecho por un robo de varios meses antes en el que aparentemente la empleada habria tenido una participacion indirecta (habria comentado sobre el sistema de alarma y otras medidas de seguridad del lugar)
,
esto innecesario porque las sanciones laborales tienen que ser contemporaneas y solo sirve para que el actor meta una demanda por daño moral, y sea mas jodido arreglar el tema
Despues de varios dias el empleador lo considera incurso en abandono de tareas y despedido por dicha causal y pone liquidacion final a su disposicion (vacaciones y sac proporcional).

a esta altura la empleada no se habia considerado despedida???, aca la dio vuelta el empleador, aunque sea con el despido, despues habra que estudiar bien tema multas, 1 por 1.
Habia un acuerdo de palabra entre los dos que la relacion laboral seria en negro asi la empleada cobraba la asignacion universal de su hija. Habia una relacion de confianza, fueron juntas al teatro, al bingo, la llevaba en auto hasta su casa cuando cerraban por temor a que le pase algo, eran un par de cuadras.
yo no haria nada, si llamas se van a subir al caballo te van a pedir cualquier cosa, si consignas empleado con plata en mano tambien pide cualquier cosa, yo esperaria al juicio, y de arreglarlo en la audiencia de conciliacion en el juicio, que ya no va a ser para este año, y negociar en 2016 con el caballo cansado
Mi duda esta en que no se considero expresamente injuriada, ni despedida, los salarios caidos seguirian corriendo y no se como interpretarlo.
La relacion se termino cuando la despediste vos, los salarios se cortan el dia que la despediste
 #1102261  por DRA. MACA
 
patriciav escribió:Hola a todos, le queria comentar una situacion que me derorienta un poco es asi:
empleada en negro intima a empleador por dacion de tareas, registracion laboral, a su ve el empleador envia cd intimando se presente a trabajar por considerarlo incurso en abandono de tareas (la relacion es en negro), lo hizo porque sabia que en cualquier momento le llegaba la intimacion del empleado. Desde hacia un tiempo la empleada hacia lo que queria, faltaba sin avisar, contestaba mal, no cumplia ordenes. Las intimaciones se cruzaron en el correo, pero recibio primero la intimacion el empleador. Se contesto reconociendo la relacion laboral, pero no se reconocio remuneracion, horarios de trabajo, tareas realizadas. Se le hizo saber a la empleada sobre una denuncia que se habia hecho por un robo de varios meses antes en el que aparentemente la empleada habria tenido una participacion indirecta (habria comentado sobre el sistema de alarma y otras medidas de seguridad del lugar), y se la intimo de nuevo para que se presente a trabajar y ver el tema de la registracion. Se siguio con el intercambio, la empleada nunca mas se presento a trabajar, y continuo con el intercambio reclamando lo mismo y diciendo que ella habia intimado primero. Despues de varios dias el empleador lo considera incurso en abandono de tareas y despedido por dicha causal y pone liquidacion final a su disposicion (vacaciones y sac proporcional). La empleada contesta y ratifica sus epistolares, reclama indeminzacion, preaviso, antiguedad, multas por la falta de registracion reconocida, salarios caidos, horas extras, feriados, etc, etc, pero nunca se considera injuriada y despedida expresamente.
Habia un acuerdo de palabra entre los dos que la relacion laboral seria en negro asi la empleada cobraba la asignacion universal de su hija. Habia una relacion de confianza, fueron juntas al teatro, al bingo, la llevaba en auto hasta su casa cuando cerraban por temor a que le pase algo, eran un par de cuadras.
Soy la abogada del empleador, quien por cierto es mi hermana, obviamente le dije que iba a tener que pagar y la idea es esa pero sin que llegue a juicio, pero parece que la empleada no piensa igual porque no aparecio mas, ni pone en los telegramas datos de su abogado como para llegar a un acuerdo antes. Esto es en provincia de buenos aires. Ahora tendria, segun mi parecer dos opciones: 1) llamarla, pedirle los datos de su abogado y negociar y finalizar con un acuerdo en una escribania para evitar cualquier reclamo posterior judicial alegando que hay diferencias, que la obligue a aceptar o lo que se le pueda ocurrir despues.
2) consignar judicialmente el pago de la liquidacion final (Vacaciones y sac proporcional, nada mas sin multas): no me gusta tanto esta opcion porque se que va a reconvenir por despido indirecto o va a oponer diciendo que como reconoci la relacion laboral faltan las multas.
Mi duda esta en que no se considero expresamente injuriada, ni despedida, los salarios caidos seguirian corriendo y no se como interpretarlo.
Segun su experiencia, la mia en laboral es muy poca, que me convendria hacer?? espero sus opiniones, saludos y gracias
Patricia
En provincia acuerdo ante escribano, ya está reconocida la relación laboral, vaya a saber quien le hizo meter la pata en tal magnitud, pero ahora debe hacerse cargo, queda contactarse con la trabajadora para saber los datos del abogado y ver una posible negociación.