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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1102151  por Yonacho19
 
Hola colegas, soy bastante nuevo en el mundo del derecho tengo dos meses de matricula recien y se me presento el siguiente caso, una persona X fue despedida por su empleador, esta persona no estaba registrada. Mi socio y yo hablamos con la abogada de la parte empleadora y acordamos una cifra en forma verbal y que pidieramos Seclo. La pregunta es la siguiente: no hubo intercambio telegrafico porque lo acordamos telefonicamente y me entro esta duda, si no llegara a cumplir y tuviera que ir a un futuro juicio ¿ que pasaría? ¿ se estila hacer esto? desde ya muchas gracias.
lo que yo creía hasta ahora era que primero había que notificar pero realmente entre en esta duda. Desde ya les agradezco a todos aquellos que se tomaron la molestía de leer esto.
 #1102187  por patriciav
 
Hola, mi experiencia en temas laborales no es tanta pero unos meses atras se me presento una situacion similar, sin intercambio telegrafico se firmo acuerdo ante el seclo. Si el empleador no cumple se ejecuta el acuerdo y listo. saludos y suerte.
patriciav
 #1102247  por andresxeneizes
 
mientras ninguna de las partes mande telegrama o carta documento, el contrato sigue vigente sin rescindirse, por lo tanto lo que arreglas en el seclo es una desvinculacion por mutuo acuerdo (art 241 lct), sino cumplen como te dijeron antes ejecutas el acuerdo
 #1102272  por Yonacho19
 
Yonacho19 escribió:Hola colegas, soy bastante nuevo en el mundo del derecho tengo dos meses de matricula recien y se me presento el siguiente caso, una persona X fue despedida por su empleador, esta persona no estaba registrada. Mi socio y yo hablamos con la abogada de la parte empleadora y acordamos una cifra en forma verbal y que pidieramos Seclo. La pregunta es la siguiente: no hubo intercambio telegrafico porque lo acordamos telefonicamente y me entro esta duda, si no llegara a cumplir y tuviera que ir a un futuro juicio ¿ que pasaría? ¿ se estila hacer esto? desde ya muchas gracias.
lo que yo creía hasta ahora era que primero había que notificar pero realmente entre en esta duda. Desde ya les agradezco a todos aquellos que se tomaron la molestía de leer esto.
Me olvidaba de un dato importante, la abogada de la parte empleadora me dijo que hagamos el acuerdo obligatorio no el espontaneo. Desde ya muchas gracias.
 #1102382  por andresxeneizes
 
hay que estudiarlo entonces, porque me parece que habria que configurar el despido entonces, no sea cosa que no lo configures y despues se quieran agarrar de que dejo de ir a trabajar
 #1102550  por danielfo
 
Hola,

Te dice de hacer un acuerdo "obligatorio" en vez de un "espontaneo" porque en estos últimos no homologan ese tipo de acuerdos.
Además no creo que la demandada te quiera firmar un 241 porque implícitamente te reconoce la relación laboral ¿porque podrás fin a algo que no existe?

En cambio en un controvertido, vos alegas hechos y derechos, ella los niega y luego arregla, no se genera ningún problema.

Te digo la verdad yo intimaría, se que esto complica un futuro acuerdo, pero por lo menos si sale mal vos tenes las herramientas para reclamar lo que consideres prudente y sobre todo safas tu responsabilidad profesional

Si firmaste acuerdo y no te cumplen, ejecutas el acuerdo ante la justicia laboral y tenes la multa de hasta el 30% del acuerdo.

sds
DF
 #1102596  por andresxeneizes
 
danielfo escribió:Hola,

Te dice de hacer un acuerdo "obligatorio" en vez de un "espontaneo" porque en estos últimos no homologan ese tipo de acuerdos.
depende que jurisdiccion sea, en capital te los homologan