Hola colegas, soy bastante nuevo en el mundo del derecho tengo dos meses de matricula recien y se me presento el siguiente caso, una persona X fue despedida por su empleador, esta persona no estaba registrada. Mi socio y yo hablamos con la abogada de la parte empleadora y acordamos una cifra en forma verbal y que pidieramos Seclo. La pregunta es la siguiente: no hubo intercambio telegrafico porque lo acordamos telefonicamente y me entro esta duda, si no llegara a cumplir y tuviera que ir a un futuro juicio ¿ que pasaría? ¿ se estila hacer esto? desde ya muchas gracias.
lo que yo creía hasta ahora era que primero había que notificar pero realmente entre en esta duda. Desde ya les agradezco a todos aquellos que se tomaron la molestía de leer esto.[/quote]
Me olvidaba de un dato importante, la abogada de la parte empleadora me dijo que hagamos el acuerdo obligatorio no el espontaneo. Desde ya muchas gracias a los que me respondieron en la pregunta anterior ¿ cambia en algo esto?
lo que yo creía hasta ahora era que primero había que notificar pero realmente entre en esta duda. Desde ya les agradezco a todos aquellos que se tomaron la molestía de leer esto.[/quote]
Me olvidaba de un dato importante, la abogada de la parte empleadora me dijo que hagamos el acuerdo obligatorio no el espontaneo. Desde ya muchas gracias a los que me respondieron en la pregunta anterior ¿ cambia en algo esto?