Colegas me surgio la siguiente duda:
Ayer me llego una cedula con copias. En la Cedula me notifican del siguiente decreto: "... por interpuesta excepcion de falta de legitimacion pasiva, de ella TRASLADO a la contraria por el termino de 5 días...."
Ahora cuando leo las copias que acompañan la citada cedula, encuentro que la contraria ademas de oponer la excepcion de falta de legitimación, interpone una TERCERIA DE DOMINIO.
Pregunta: Contesto solo lo que me corren traslado, esto es la Excepcion de falta de legitimación??. O tambien tengo que contestar la TERCERIA DE DOMINIO??
Si contesto solo la excepción... despues no me pueden decir que yo tenia conocimiento de la Terceria???
Si alguien me lo aclara.. desde ya le agradezco
Ayer me llego una cedula con copias. En la Cedula me notifican del siguiente decreto: "... por interpuesta excepcion de falta de legitimacion pasiva, de ella TRASLADO a la contraria por el termino de 5 días...."
Ahora cuando leo las copias que acompañan la citada cedula, encuentro que la contraria ademas de oponer la excepcion de falta de legitimación, interpone una TERCERIA DE DOMINIO.
Pregunta: Contesto solo lo que me corren traslado, esto es la Excepcion de falta de legitimación??. O tambien tengo que contestar la TERCERIA DE DOMINIO??
Si contesto solo la excepción... despues no me pueden decir que yo tenia conocimiento de la Terceria???
Si alguien me lo aclara.. desde ya le agradezco