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  • Nulidad absoluta

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 #1103268  por jeanvaljean02
 
Tengo un debate, cuando me conviene plantear la nulidad absoluta? Yo entiendo que en el alegato, para que no retrotraiga el proceso, si lo planteo como cuestión preliminar puede retrotraer. Estoy en lo cierto? Gracias. JV
 #1108311  por JeffreyCoho
 
Entiendo que plantearlo en los alegatos no garantiza que el proceso no se retotraiga, igualmente para mí es lo más conveniente, sobre todo pensando en la prescripción: Si como consecuencia de la nulidad, caen actos interruptivos (indagatoria, requerimiento, citación a juicio) puede producirse la prescripción de la acción. Es ahí cuando se saca jugo realmente a un planteo nulificatorio.