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  • ¿Conv Multilateral y el anticipo ingresos brutos r-114 v2?

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #1103542  por nelica
 
Estimados foristas:

Necesito consultarles los siguiente, dado que no entiendo mucho de la cuestión.

El tema es así, debo inscribir una declaratoria en el registro de la propiedad y el juzgado antes de permitirme el prestamo del expediente para hacer el testimonio, me pide que diga si percibí los honorarios y que pague ingresos brutos.

Es mi primera actuación profesional en provincia ya que casi todo lo trabajo en Capital (aunque tengo ambas matrículas al día). Además vivo y estoy registrado en capital en monotributo.

Según leí en el foro, dado que tengo doble matrícula y domicilio el capital, debo tributar en el Convenio multilateral y no me corresponde pagar ingresos brutos de provincia (se lo liquidaría mediante el convenio multilateral).

Cmo no me di alta al ejercer unicamente en capital hasta hacer esta sucesión, lo voy a tener que hacer, pero realmente no se como hacer con esto de los ingresos brutos y el anticipo de ingresos del formulario r-114 v2.

Si me inscribo en convenio multilateral, debo pagar ese anticipo en provincia pese a no tener que inscribirme ahí?
Si lo pago, como hago para denunciar en el convenio multilateral que pague por el formulario r-114 v2 y que no me lo cobren otra vez?
Además por conv multilateral sólo pagaría por el 80% del ingreso de provincia, pero en el formulario r-114 v2 me cobran el 100% (con el 3,5% correspondiente).

¿Para justificar ante el juzgado y que libere el prestamo para el testimonio que debo presentar asi el no pretende que pague el anticipo del formulario ingresos brutos 114 v2 y se libera la cuestión?

Ademas si pago el anticipo y no soy contribuyente local estando de alta en el convenio qzuias arba encima me dice que soy evasor?

Lees pido amablemente si me puede orientar de acuerdo a su experiencia al respecto y que se hace presentar en un caso así.

Desde ya muchas gracias
 #1250623  por EstudioContableGS
 
nelica escribió: Vie, 12 Jun 2015, 13:28 Estimados foristas:

Necesito consultarles los siguiente, dado que no entiendo mucho de la cuestión.

El tema es así, debo inscribir una declaratoria en el registro de la propiedad y el juzgado antes de permitirme el prestamo del expediente para hacer el testimonio, me pide que diga si percibí los honorarios y que pague ingresos brutos.

Es mi primera actuación profesional en provincia ya que casi todo lo trabajo en Capital (aunque tengo ambas matrículas al día). Además vivo y estoy registrado en capital en monotributo.

Según leí en el foro, dado que tengo doble matrícula y domicilio el capital, debo tributar en el Convenio multilateral y no me corresponde pagar ingresos brutos de provincia (se lo liquidaría mediante el convenio multilateral).

Cmo no me di alta al ejercer unicamente en capital hasta hacer esta sucesión, lo voy a tener que hacer, pero realmente no se como hacer con esto de los ingresos brutos y el anticipo de ingresos del formulario r-114 v2.

Si me inscribo en convenio multilateral, debo pagar ese anticipo en provincia pese a no tener que inscribirme ahí?
Si lo pago, como hago para denunciar en el convenio multilateral que pague por el formulario r-114 v2 y que no me lo cobren otra vez?
Además por conv multilateral sólo pagaría por el 80% del ingreso de provincia, pero en el formulario r-114 v2 me cobran el 100% (con el 3,5% correspondiente).

¿Para justificar ante el juzgado y que libere el prestamo para el testimonio que debo presentar asi el no pretende que pague el anticipo del formulario ingresos brutos 114 v2 y se libera la cuestión?

Ademas si pago el anticipo y no soy contribuyente local estando de alta en el convenio qzuias arba encima me dice que soy evasor?

Lees pido amablemente si me puede orientar de acuerdo a su experiencia al respecto y que se hace presentar en un caso así.

Desde ya muchas gracias
El concepto de "no debo inscribirme ahí" (respecto a Buenos Aires), sí te corresponde, pero no como local, sino dentro del régimen de Convenio Multilateral.

Tendrás que hacer el pago y acreditarlo como lo harías en cualquier otro expediente, según el valor a tributar que te corresponda a Buenos Aires por dicho valor y en la DDJJ de convenio, lo descontás correspondientemente al momento de presentar.

Si no tenés conocimiento al respecto, podés contactarme a los efectos de atender la cuestión impositiva mensualmente.

Saludos.