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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1103671  por Junior77
 
Se agradece un comentario o parecer sobre el tema.
Accidente de Trabajo Agosto 2011.
Se inicia demanda en Provincia Marzo 2012.
Decretan caducidad de la instancia..previa intimación mayo 2015.
Esta prescripta la acción. ?
 #1103708  por EstebanM7
 
En provincia de Bs. As. tenemos el "pido gancho"! Si se cumplió el plazo para pedir la caducidad, y la piden, te la ordenan previa intimación a manifestar que queres hacer con el expediente, si no contestas nada y dejas vencer el plazo de la intimación, decretan la caducidad.
Lo que tenes que hacer (así lo he hecho alguna vez) es presentar un escrito "MANIFIESTA VOLUNTAD DE .... SOLICITA ...." y solicitas algo que sea impulsorio, o acompañas una cedula para confronte, o un oficio.
Siempre lo hago con escrito.
Esta posibilidad solo existe una vez. La proxima que se vence el plazo te la decretan sin más.
 #1104415  por andresxeneizes
 
si llegaran a declara la caducidad, la demanda caduca es como sino se hubiera presentado (art 3987 cc), es como si nunca hubieras interpuesto demanda desde 2011 hasta hoy
 #1105465  por EstebanM7
 
espera!
1º ¿te notificaron la intimación?
2º ¿La respondiste?

SI NO TE NOTIFICARON LA INTIMACION (POR SI NO LEISTE EL "CODIGO" SE TE INTIMA A MANIFESTAR SI DESEA LA PARTE CONTINUAR CON EL TRAMITE BAJO APERCIBIMIENTO DE DECRETAR LA CADUCIDAD DE INSTANCIA, PLAZO PARA CONTESTAR LA INTIMACION 5 DIAS, POR LAS DUDAS TE DIGO: ES MEDIANTE CEDULA), EN ESTE CASO NO PERDISTE TODAVIA, TE PRESENTAS Y MANIFESTAS EL DESEO DE IMPULSAR EL PROCESO Y SOLICITAS ALGO QUE IMPULSE EL PROCESO, UNA NOTIFICACION PENDIENTE (ACOMPAÑAS LA CEDULA AL ESCRITO PARA SU LIBRAMIENTO O CONFRONTE) UN OFICIO... ALGO

SI TE NOTIFICARON Y NO CONTESTASTE LA INTIMACION, LA CRUDA REALIDAD ES "FUISTE" Y OJO HAY RESPONSABILIDAD PROFESIONAL SI ERAS APODERADO.

me doy por vencido.
 #1106516  por Junior77
 
Surge del expediente qUE se notificó al constituido fijando cédula en la puerta. Ahora NUNCA LO HAN NOTIFICADO, o si lo hcieron, al ser una zona de mucho transeúnte..pudo pasar cualquier cosa, mas a las 7 de la mañana---
Si recibimos notificación de regulación de honorarios porque la dejaron por debajo de la puerta.
Habiendo un buzon de correo para que depositen allí la correspondencia...no hubiese sido lo más lógico, a pesar de que la ley dice que basta con fijarlo en la púerta del domicilio constituido ?
No crees que es valido un planteo de nulidad ?
GRACIAS
 #1106521  por EstebanM7
 
No corre el planteo de nulidad. El constituido es rep tuya como profesional. Vencido el plazo perdes la instancia. Esta correctamente notificado. Lo unico q queda es redarguir de falsedad el acto de notificacion, dificil de probar!