Colegas tengo el siguiente problema el cual no se como se interpreta la póliza del contrato de seguros. Tengo sentencia de 2°instancia donde se condeno a la cia de seguros a responder tal como lo establece el contrato de seguros (deduzco que es el tema de la franquicia, ya que ellos me opusieron el limite). Practique liquidación y la cia de seguros solo quiere abonar una minima parte, ej : capital de condena 69.000 mas intereses da como resultado 140.000. Queda firme y consentida, Ahora la cia me dice que ella paga los 29.000 mas intereses y el resto la empresa de transporte, (que dicho sea de paso esta concursada ). Mi duda es si quedo firme y consentida la liquidación no debe pagar de los 100,000 por el tema de la franquicia. ??? Hay fallos donde diga que los intereses son parte integrante del capital? Es decir que ahora estamos hablando de un capital de 140.000?? Gracias
