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  • Solidaridad del conviviente antes del nuevo Codigo!

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 #1104009  por rosanaaffi
 
Estimados deseo corroborar si estoy acertada en el siguiente caso:
Me consulta un cliente sobre lo siguiente el tiene un acta de convivencia en juez de paz, luego se separa con su conviviente (pero nunca declaro tal situación) y esta saca un crédito a sola firma estima que en una casa de deportes (o por el estilo), ella no paga este crédito y ahora logran rastearlo a el por su trabajo y del estudio jurídico que tiene el caso pretenden embargar su sueldo por solidaridad de los convivientes. Me consulta si debe pagar este crédito o no le corresponde.

Yo le asesore que no lo pague porque la solidaridad de los convivientes no esta todavía vigente, ademas el nuevo código no tendría efecto retroactivo, por lo cual esa deuda fue contraída estando vigente el codigo civil anterior, entonces debe regirse por esas normas. Estoy acertada en este tema o no? y obviamente lo mande a que denuncie la no convivencia para evitar futuros inconvenientes. Quisiera la opinión de uds. Gracias. Rosana.