Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • notificar testigos

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1105558  por NORAESTELA
 
Estimados,
tengo testimoniales a principios de setiembre.
El auto que ordena la notificación autoriza por cédula o cd o a elección del letrado.
Los testigos de CABA, debo confeccionar yo la cédula? o notifica e juzgado de oficio?
Había leído que lo hacía el juzgado para los domicilios de capital, y solo era a cargo nuestro el diligenciamiento de cedula ley.
Ahora me asaltó la duda... me parece que perdí tiempo...
Alguien que me oriente?
 #1105559  por NORAESTELA
 
otra pregunta... que no me está dejando dormir.... :oops:
desde el auto apertura a prueba que fija fecha para audiencia, tengo un plazo para acreditar la notificacion a los testigos?

Yo estaba tranquila porque entendía que en laboral, aun no habiendo sido notificados, si se presentan, pueden declarar...
 #1105594  por NORAESTELA
 
Sigo.... :?: :oops:
En la carta documento, el remitente es el juzgado?
Y firma y sella el letrado?
 #1105595  por santiheladero
 
tenes q notificar a los tesigos por cedula, o hacerles firmar un escrito donde se obligan a ir. Y si no hay nadie notificado y van a la audiencia declaran igual. Pero salvo que el proveido diga "notifiquese por secretaria" , tenes q notificar vos.
 #1105602  por NORAESTELA
 
santiheladero escribió:tenes q notificar a los tesigos por cedula, o hacerles firmar un escrito donde se obligan a ir. Y si no hay nadie notificado y van a la audiencia declaran igual. Pero salvo que el proveido diga "notifiquese por secretaria" , tenes q notificar vos.
Gracias santiheladero,
en el proveído tengo la opción de notificar con la carta documento, pero tenía la duda de su confección, por eso pregunté si la remito a mis nombre con mi domicilio constituído para que me llegue el aviso de entrega y poder acreditarlo en el expte. Creo que es así no?