Buenas tardes a todos, quisiera consultarles acerca de si el Plus Vacacional (el cual se configura con el sueldo básico dividido por 25 multiplicado por 30, de ahí se genera el plus) integra el mejor mes para el cómputo de la mejor remuneración para la indemnización. Es decir, al ser un concepto extraordinario que se abona una vez al año no entraría pero si se considera remunerativo, es objeto de cómputo? Al no encontrar una opinión consensuada, es quisiera saber que estiman en este caso. Saludos