Hola Colegas. Necesito que me orienten respecto al siguiente caso: Mi cliente tuvo un accidente de transito in itinere. Sufrio golpes en la cabeza y en la espalda y cintura en menor medida. Realizo la denuncia ante la ART y su empleador. Ante la primera, como la denuncia fue en el mismo dia solo se remitio al golpe en su cabeza que fue lo que mayormente le dolia. Posteriormente se contacto telefonicamente a la ART e informo que tmb le dolia la cintura y la espalda. Le comunicaron que enviara una extension de denuncia comentando tal situacion. Se realizo y la misma fue aceptada. 15 dias desp le otorgan el alta, pero detectan que tiene hernia de disco y desgaste de los discos, pero que el mismo no procede porque es cronico, viene de hace tiempo y no es derivado del accidente de transito en si. Mi cliente firmo el alta en disconformidad e inmediatamente tomo contacto con la ART e informo que le continuaba doliendo la espalda y cintura, le tomaron el reclamo y le hicieron el reingreso. Luego informo a su empleador por escrito. AL dia de hoy se presenta ante el medico de la ART y le dice que tiene lo mismo, desgaste y hernias pero que es cronico y no procede y lo envio a trabajar, que en todo caso se diriga a la Superintendencia. Ahora bien, es claro el problema que tiene, si bien no fue originado a raiz del accidente se detecto gracias a ello y es producto de la fuerza que realiza en su trabajo. Mi pregunta es...como procedo? Envio CD a la ART o a la Superintendencia?? El debe retomar su actividad o dirigirse a la SRT???
Desde ya muchas gracias
Desde ya muchas gracias