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  • Sucesion colaterales

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 #1106834  por lia
 
Buenas tardes, hago una consulta, tengo una gran duda.

En una sucesion de una persona sin hijos, marido ni ascendientes, es decir que no tiene herederos forzosos. solo tiene de un lado un tio mayor, y por el otro lado primos hermanos.
Hereda solo el tio? o tambien los primos hermanos?
Gracias!
 #1106909  por abogado1987
 
lia escribió:Buenas tardes, hago una consulta, tengo una gran duda.

En una sucesion de una persona sin hijos, marido ni ascendientes, es decir que no tiene herederos forzosos. solo tiene de un lado un tio mayor, y por el otro lado primos hermanos.
Hereda solo el tio? o tambien los primos hermanos?
Gracias!
tené presente el >

Art. 3.546. El pariente más cercano en grado excluye al más remoto, salvo el derecho de representación.
 #1106910  por abogado1987
 
ARTÍCULO 2439.- Orden. Los colaterales de grado más próximo excluyen a los de grado ulterior, excepto el derecho de representación de los descendientes de los her¬manos, hasta el cuarto grado en relación al causante.
Los hermanos y descendientes de hermanos desplazan a los demás colaterales.

http://www.infojus.gob.ar/docs-f/codigo ... Nacion.pdf
 #1106931  por sebpast
 
La representación en los colaterales procede en la primera rama (descendientes de hermanos del causante)

Art. 3.561. Quedando hijos o descendientes de dos o más hermanos del difunto, heredarán a éste por representación, ya estén solos y en igualdad de grados, o ya concurran con sus tíos.