Hola!
Les comento un caso tengo un juicio ejecutivo de expensas en el deudor, pago el total de la deuda a la cuenta del juzgado por Expte.
Al haber renunciado el anterior administrador logré que el juzgado no se lo pague dicha suma al administrador que renunció.
Atento no ingresar todavía un nuevo administrador y vencido el plazo de 3 meses debo solicitar la Caducidad de los actuados.
Mi pregunta es: ¿si al decretar la caducidad esos fondos de dinero siguen permaneciendo en dicha cuenta perteneciente a esos autos y si lo podrá cobrar la nueva administraodora habiéndose presentado luego de decretar la caducidad?
Muchas Gracias
Les comento un caso tengo un juicio ejecutivo de expensas en el deudor, pago el total de la deuda a la cuenta del juzgado por Expte.
Al haber renunciado el anterior administrador logré que el juzgado no se lo pague dicha suma al administrador que renunció.
Atento no ingresar todavía un nuevo administrador y vencido el plazo de 3 meses debo solicitar la Caducidad de los actuados.
Mi pregunta es: ¿si al decretar la caducidad esos fondos de dinero siguen permaneciendo en dicha cuenta perteneciente a esos autos y si lo podrá cobrar la nueva administraodora habiéndose presentado luego de decretar la caducidad?
Muchas Gracias
