Estimados!
Tengo una consulta. Me llego hoy un caso de un jubilado portuario. El cual le iniciaron la etapa adm de reajuste de haberes (cobra una jubilación menor a la de sus ex compañeros de trabajo), que salió en forma denegada. Tengo la resolución con fecha 15/06/15 y las vías recursivas (revisión) con tiempo de imponerlas (30 días corridos) es correcto no?
Es mi primer reajuste y quería saber como tengo que proceder. Le dijeron que tiene que llevar mas pruebas para revisar su liquidación de haber.
Estuve leyendo los decretos anteriores a las modificaciones que se hicieron a los empleados portuarios y En la carta de anses figura el decreto 1839/09 por el que se re calculo el beneficio.
Tengo que directamente iniciar demanda judicial ?
Agradecería su ayuda porque no se como se procede.
Saludos a todos!
Tengo una consulta. Me llego hoy un caso de un jubilado portuario. El cual le iniciaron la etapa adm de reajuste de haberes (cobra una jubilación menor a la de sus ex compañeros de trabajo), que salió en forma denegada. Tengo la resolución con fecha 15/06/15 y las vías recursivas (revisión) con tiempo de imponerlas (30 días corridos) es correcto no?
Es mi primer reajuste y quería saber como tengo que proceder. Le dijeron que tiene que llevar mas pruebas para revisar su liquidación de haber.
Estuve leyendo los decretos anteriores a las modificaciones que se hicieron a los empleados portuarios y En la carta de anses figura el decreto 1839/09 por el que se re calculo el beneficio.
Tengo que directamente iniciar demanda judicial ?
Agradecería su ayuda porque no se como se procede.
Saludos a todos!