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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1108176  por Santina87
 
Hola queridos colegas,
me ha llegado en consulta el siguiente caso, a ver si los más experimentados pueden opinar respecto de su solución
una señora tuvo a su hijo en un hospital publico, pero al momento de ingresar no le pidieron nunca su Dni. si bien ella se realizaba controles periódicos del embarazo, con una doctora en consultorio particular, cuya documentación tengo a la vista. Pasó que al momento del alta en el hospital la madre tenía el documento ilegible, tenia el Nro. pero no se veía el nombre, es decir estaba borroso por el plastificado que le ponen, en el hospital le requirieron 2 testigos para poder retirar al bebé. Asi lo hizo.
Ahora se encuentra después de varios años, con el impedimento que no puede pedir una acta de nacimiento en el Registro Civil, hizo el reclamo en Renaper, pero no prosperó, tampoco el hospital quiso arreglar o completar el dato faltante, no obstante la señora ahora posee el documento renovado.
La única vía que le queda es la judicial, iniciar un juicio de filiación respecto de ambos padres y el niño.
Les parece la solución correcta?
Disculpas por molestar en feria!! :|
St.
 #1108178  por Tiburcio
 
Si nunca se inscribió el nacimiento lo que hay que hacer es inscribirlo. Es una información sumaria.
 #1108185  por Santina87
 
Tiburcio escribió:Si nunca se inscribió el nacimiento lo que hay que hacer es inscribirlo. Es una información sumaria.
Hola Tiburcio, el nacimiento se encuentra inscripto en Acta..Tomo... Hospital, Delegación del Registro de las Personas del Hospital donde nació. Los padres iniciaron un expediente y el resultado es "No ha lugar a la rectificación de la partida de nacimiento registrada en los libros del Estado civil y Capacidad, inscpta bajo el N° ... To... correspondiente a la delegación del Hospital...., solicitada por la parte interesada en cuanto al N° y tipo de documento del padre/madre del inscripto en el expediente..tal.
 #1108188  por Santina87
 
Los padres pidieron autorización para rectificar el certificado de nacimiento del hospital, donde sí estaba el nombre, pero donde dice DNI. PUSIERON LA LEYENDA "NO PRESENTA". Ellos dicen que fueron dos testigos para poder retirar al bebe, pero de la Resolución que tengo a la vista surge que "no se ha cumplido con ese requisito de los testigos, y que en esa via administrativa no resulta posible tener por acreditado que exista identidad de persona entre quienes figuran como padres a fs. 5 y los pteicionantes, debiendo acudir a sede judicial a los fines pretendidos".
Se dicta la medida en uso de las facultades art. 115/122 ley 14078 y Dec. 3286/08 y 384/09.
y al final Dispone: No hacer lugar a la rectificación de la pda. de nacimiento.
Notificar a la parte interesada conf. art. 129 y 130 ley 14078. (la vía recursiva).

Según interpreto, el hospital no cumplió con el labrado del acta y los testigos ?
 #1108238  por Tiburcio
 
Es correcto lo que resuelve el registro civil.
Hay que pedir al juez la rectificación de la partida. Sigue siendo una información sumaria.
 #1108287  por Santina87
 
Gracias Tiburcio por tu interés.
Buena feria!
St.