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  • Notificación Personal (art. 135 CPCC)

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 #1108540  por AlejandroG
 
Buenas noches colegas. Seguramente es algo sencillo pero es la primera vez que lo haré y tengo dudas. Situación, desarchivo de una sucesión, civil y comercial de provincia, el proveído indica "...Notifiquese...art. 135 CPCC". Diligencie las cédulas (extraña jurisdicción) y tuvieron resultado negativo ya que los 2 herederos trabajan y nunca están en sus casas, con lo cual (para evitar mayor dilación del proceso) les propuse la notificación personal. Y allí viene la preguntonta, ya que desconozco el procedimiento:
a) Debo hacer un escrito con la firma de las partes (los 2 herederos) y lo presento en el expediente?
b) Debo ir al tribunal con ellos y manifestar en el mismo expediente que las partes (Juan y Pedro) vienen a notificarse de la providencia de fecha tal y que ellos firmen al pie del mismo delante del secretario?
Desde ya les agradezco la ayuda que me puedan brindar.
 #1108553  por AlejandroG
 
santiheladero escribió:no los podes hacer firmar un escrito de notificacion personal porque vos no los patrocinas. en caso contario, si.
Si si, yo los patrocino. Entonces les puedo hacer firmar un escrito para evitar que se acerquen a Tribunales?
Perfecto, espero que el criterio del juzgado sea ése y me lo permitan.
Gracias.