Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • paso para un sucesion

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #122954  por elvio70
 
hola gente alguin me podria indice cuales son los pasos aseguir para un sucesion y los requisitos que deberian tener las persona involucradas en este acto

desde ya gracias

 #122972  por borshis
 
Elvio, dos preguntas:
1) La sucesión es en provincia o en capital?
2) Vos querés que te digamos el procedimiento sucesorio?? Y la legitimación que se debe tener para actuar en el proceso??

 #122983  por Sailaw
 
Sucesión en Capital Federal.


1) Se inicia la sucesión, con partidas de defunción, matrimonio (si es que existe), partidas de nacimientos de los hijos (Si es que existen), si heredan los ascendientes por ausencia de matrimonio e hijos, partida de nacimiento del causante, si heredan los hermanos ante la falta de ascendientes o descendientes, partidas de matrimonio de los padres y de nacimiento de los hermanos y causante.

Si queres denuncias los bienes acerbo sucesorio.

2) Primer proveido: sale la orden de inscripción al registro de juicios universales, y cumplido eso la publicación de edictos. (Puede uno solo al boletin oficial, y cuando el patrimonio es más o menos importante dos, uno al B.O. y otro a un diario de circulación + o- importante).

3) Declaratoria: Publicas los edictos, esperas 30 dias despues de la publicación, y pedis declaratoria.

4)Inscripción, agregas certificados de dominio de los inmuebles, libre inhibición del causante, pagas la tasa en base a la valuacuón fiscal, sobre tasa de Cassaba, y presentas un escrito con todo eso más una asunción por parte de los herederos de las eventuales deudas que puedan tener los inmuebles respecto de impuestos y tasas.

Cuando te ordenan la inscripción, confeccionas el testimonio, lo dejas a la firma, y cuando te lo entreguen, llenas las minutas del Registro, y con el testimonio lo dejas en el Registro, y te lo inscriben.

Inscripto te devuelven el testimonio, y eso es el titulo de propiedad del inmueble válido.

Existen algunas variantes, como puede ser que tengas que citar herederos por cedula, o algunos juzgados te piden libre deuda de Rentas

 #123773  por fritzler
 
Ya que estamos en tema,Sailaw, cual es el procedimiento en provincia??

 #123780  por Sailaw
 
Que te conteste un abogado de Pcia, porque es un poco más complicado, incluso exigen plano de agrimensura sigún entiendo.

 #123783  por Sailaw
 
En Capital acreditas la valuación fiscal, con boletas de rentas, correspondientes al año en curso.

 #123798  por fritzler
 
Gracias Sailaw, tus explicaciones son claras y concisas

 #123902  por Natalia Huerta
 
Buenas:

En la sucesiones en Pcia. de Buenos Aires (como siempre somos mas burocraticos):
1.- Para no equivocarte segui al pie de la letra el articulo 724 del Codigo Procesal: Acreditar vinculos con partidas originales (las cuales deben tener el timbrado), nacimiento, defuncion, matrimonio. Todo en original y copia.
Junto con la demanda debes llenar las planillas de receptoria, y acompañar las planillas 7.205 (por triplicado) que son las de juicios universales. Pagar el bono de derecho fijo y el IUS previsional. En un sobre grande pones adentro toda la documentacion va a adentro junto con el bono y el Ius, excepto la siguiente documentacion que va afuera: copia partida de defuncion, demanda, planillas de receptoria y las 7.205.
Al sobre le pones lo siguiente:
SUMARIO
CAUSANTE:****
MATERIA: SUCESION AB INTESTATO
DOCUMENTACION ACOMPAÑADA:******
2) Primer proveido, te va a indicar que publiques edicto en el boletin judicial ($30) y en un diario de la zona ($45) ojo si el acervo hereditario no supera los $30.000 en base al art 734 inc2, pedis que se te exima de publicar en el diario zonal.
Tenes que mandar un oficio ley 10.205 y otro al Registro de Testamentos Colegio de Escribanos de la Pcia.
3) Una vez vencido el plazo de los edictos, acompañados los oficios diligenciados y vuelta las planillas 7.205 de La Plata, estas en condiciones de pedir se dicte declaratoria de herederos.
4) Una vez dictada la declaratoria (o mientras esta a despacho) si vas a inscribir la declaratoria respecto de inmuebles necesitas:
a) inmueble que no supere el primer piso o PH que tenga parte de su superficie descubierta necesita cedula catastral. Para ello deberas comunicarte con un agrimensor para que la confeccione (cuesta en $350 y $600 segun la superficie). Demora unos 15 dias.
Una vez que el agrimensor te diga que la mensura esta registrada pedis los certificados e informes. Que son:
1) Informe de Dominio.
2) Anotaciones personales (inhibicion del causante)
3) Anotaciones personales (cesión del causante)
4) Certificado catastral (el cual te informará la valuacion fiscal)
5) Ademas deberas confeccionar la declaracion jurada patrimonial de cosas muebles.
6)Acompañar el titulo original de la propiedad.
7) pagar la tasa de justicia el 2,2% de valor que integra el acervo hereditario (segun la valuacion fiscal)
8) sobre tasa el 10% de la tasa (lo pones en el formulario del ius)
Cuando tengas todo ello confecciona un escrito que diga: "solicita inscripcion", detalla todo lo que vas a acompañar-.
5)Cuando tengas el auto de inscripcion, te van a regular honorarios
6) Cobralos, hace un escrito donde te das por pago, paga Ingresos brutos, paga los aportes previsionales (yo hago que me los paguen todos los clientes). Una vez cumplido todo confecciona el oficio y testimonio y listo.

Por el laburo que es mejor que les cobres lindo :D !!

Saludos

 #123903  por Natalia Huerta
 
Buenas:

En la sucesiones en Pcia. de Buenos Aires (como siempre somos mas burocraticos):
1.- Para no equivocarte segui al pie de la letra el articulo 724 del Codigo Procesal: Acreditar vinculos con partidas originales (las cuales deben tener el timbrado), nacimiento, defuncion, matrimonio. Todo en original y copia.
Junto con la demanda debes llenar las planillas de receptoria, y acompañar las planillas 7.205 (por triplicado) que son las de juicios universales. Pagar el bono de derecho fijo y el IUS previsional. En un sobre grande pones adentro toda la documentacion va a adentro junto con el bono y el Ius, excepto la siguiente documentacion que va afuera: copia partida de defuncion, demanda, planillas de receptoria y las 7.205.
Al sobre le pones lo siguiente:
SUMARIO
CAUSANTE:****
MATERIA: SUCESION AB INTESTATO
DOCUMENTACION ACOMPAÑADA:******
2) Primer proveido, te va a indicar que publiques edicto en el boletin judicial ($30) y en un diario de la zona ($45) ojo si el acervo hereditario no supera los $30.000 en base al art 734 inc2, pedis que se te exima de publicar en el diario zonal.
Tenes que mandar un oficio ley 10.205 y otro al Registro de Testamentos Colegio de Escribanos de la Pcia.
3) Una vez vencido el plazo de los edictos, acompañados los oficios diligenciados y vuelta las planillas 7.205 de La Plata, estas en condiciones de pedir se dicte declaratoria de herederos.
4) Una vez dictada la declaratoria (o mientras esta a despacho) si vas a inscribir la declaratoria respecto de inmuebles necesitas:
a) inmueble que no supere el primer piso o PH que tenga parte de su superficie descubierta necesita cedula catastral. Para ello deberas comunicarte con un agrimensor para que la confeccione (cuesta en $350 y $600 segun la superficie). Demora unos 15 dias.
Una vez que el agrimensor te diga que la mensura esta registrada pedis los certificados e informes. Que son:a.1) Informe de Dominio.
b.2) Anotaciones personales (inhibicion del causante)
c.3) Anotaciones personales (cesión del causante)
d.4) Certificado catastral (el cual te informará la valuacion fiscal)
e. 5) Ademas deberas confeccionar la declaracion jurada patrimonial de cosas muebles.
f.6)Acompañar el titulo original de la propiedad.
g.7) pagar la tasa de justicia el 2,2% de valor que integra el acervo hereditario (segun la valuacion fiscal)
h.8) sobre tasa el 10% de la tasa (lo pones en el formulario del ius)
Cuando tengas todo ello confecciona un escrito que diga: "solicita inscripcion", detalla todo lo que vas a acompañar-.
5)Cuando tengas el auto de inscripcion, te van a regular honorarios
6) Cobralos, hace un escrito donde te das por pago, paga Ingresos brutos, paga los aportes previsionales (yo hago que me los paguen todos los clientes). Una vez cumplido todo confecciona el oficio y testimonio y listo.

Por el laburo que es mejor que les cobres lindo :D !!

Saludos

 #124045  por winni
 
Buenas.
Acervo Sai, no "acerbo" :D !.
Al fin te encontramos una a vos, después de gastar tanto a maria con el "valla/vaya". Espero que lo tomes con humor. Por lo demás muy buena tu explicación al tema posteado.
Saluditos.

 #124070  por evasusana
 
Me parece que se equivocan al corregir al maestro es "acervo " como lo puso el . La explicacion que dio es fantastica faltaba decir unicamente que colectivo tomarse a tribunales y cuantos escalones tenes que subir Saludos Eva

 #124073  por Natalia Huerta
 
Buenas:

Nuevamente conteste doble, los años no vienen solos. Bueno es para que quede claro.!!!

 #124081  por Doncella_de_Orleans
 
evasusana escribió:Me parece que se equivocan al corregir al maestro es "acervo " como lo puso el . La explicacion que dio es fantastica faltaba decir unicamente que colectivo tomarse a tribunales y cuantos escalones tenes que subir Saludos Eva
:shock:

 #124089  por borshis
 
evasusana escribió:Me parece que se equivocan al corregir al maestro es "acervo " como lo puso el . La explicacion que dio es fantastica faltaba decir unicamente que colectivo tomarse a tribunales y cuantos escalones tenes que subir Saludos Eva
Acervo va con ¨v¨...y Sai lo puso con ¨b¨...todo bien, sé que él normalmente no tiene errores, que debe haber sido un desliz, pero Eva...que leiste?? Con todo respeto....

 #124157  por Sailaw
 
Tengo un fallido con acervo y acerbo, siempre me equivoco, es que me gusta más con "b" larga.