Hola: Me viene a ver un Sr. que no puede renovar su licencia de conducir por encontrarse inscripto en el RDA de la pcia de BA (ley 13.074), el artículo 5 de esa ley dice que por única vez le pueden otorgar una renovación provisoria por 45 días... se pide administrativamente, nada, del RDA, a Tránsito, de Tránsito al Ministerio de Seguridad de la pcia de BA... en mi localidad, la oficina de tránsito me pide que "por favor" les diga como se resuelve esa situación (o adonde acudir) porque sería el primer caso que les llega... En el medio la feria judicial... En mi opinión lo único que le queda es el amparo simple y sencillo, acreditando que necesita la licencia porque es chofer en una empresa de vialidad (es cierto esto y hay documentación suficiente que lo acredita), debe de cuotas alimentarias (me comuniqué con el abogado de la reclamante) con intereses unos $ 250.000... ¿que se puede cobrar para iniciar ese amparo?