Buenos días colegas. Tengo una duda: para absolver posiciones en vista de causa debe concurrir sí o sí el representante legal de la persona jurídica (llámese presidente en la S.A. o gerente en la Srl, por ejemplo). Encontré un artículo que indica que se puede elegir a un representante, jefe o empleado de jerarquía, el que debe designarse como absolvente en la contestación de demanda. Sé que lo ideal es llevar al representante legal, pero muchas veces en las empresas grandes no pueden concurrir y quieren enviar a alguien con poder.
En capital sé que es súper estricto, pero me queda la duda en Pcia...
Muchas gracias!
En capital sé que es súper estricto, pero me queda la duda en Pcia...
Muchas gracias!