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  • HONORARIOS EN CAUSA PRESCRIPTA

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 #1110502  por ays
 
Estimados,

Gane un juicio por parte demandada en el cual se resolvió en Corte que la acción se encontraba prescripta. Me regularon honorarios en primera instancia y se incrementaron en las posteriores. Hace 15 días quedo firme la resolución de Corte, donde rechazan el ultimo recurso intentado. Mientras que el el Juzgado de Primera instancia, ordenan el archivo de las actuaciones por falta de movimiento! no entiendo! en los casos que la parte actora pierde no se practica la liquidación del art. 132? Como actualizo mis honorarios, porque en la sentencia de primera instancia no dice la acordada a aplicar, y en las posteriores solo confirman...la obligada al pago es la parte actora.

Mi idea es solicitar que no se archiven las actuaciones y que se practique liquidación, pero...en estos casos que es solo a los fines de cobrar los honorarios o ejecutarlos en su defecto, la practica el juzgado o la debo hacer yo? que tasa aplico?

Mil gracias!
 #1110507  por ays
 
Ah...aplico el Acta 2600/14 que modificó lo establecido por el Acta CNAT 2357/02? o aplico otra tasa? No dice nada la sentencia...

Ahora, tengo sentencia se primera instancia que me regula 33.000 + 25% de Cámara + 10 % de corte. Hay otros dos recursos que se declararon inadmisibles, pero no incrementaron los honorarios.

Mi duda es le voy incrementando en forma acumulativa los % no? osea $ 33.000 actualizado conforme acta + el 25% sobre ese total y a lo que me de le calculo el 10% y se lo sumo no?
 #1110672  por ays
 
La primer resolución es del 11/02/2014...las sentencias de cámara y corte de fecha posterior a mayo de 2014...pero igual por lo que me decis debería aplicar la 2307...aunque sea menos beneficiosa...

Gracias por todo!
 #1110685  por Squonk
 
De todos modos, la ley 21839 (to 24432) establece la aplicación de la tasa pasiva (art. 61). En caso que alguien pida la aplicación de esta norma, tendrías que pedir la inconstitucionalidad de ésta.