Hola colegas! les consulto lo siguiente: para iniciar una acción de reintegro a una obra social, la nueva acordada de la suprema corte de justicia de Buenos Aires, ha eliminado la acción de reintegro, o al menos yo no la encuentro...que invoco?? Si bien son varias cuestiones las que se le reclamaron a la obra social a través de CD, algunas quedaron solucionadas y otras están en veremos y seguramente habrá que presentar amparo. Pero si el reintegro de sumas de dinero lo hago via amparo me lo van a rechazar parcialmente al amparo, por ser una cuestión exclusivamente patrimonial. Igual se trata de un niño de 6 años que padete TEA (autismo) posee certificado de discapacidad y el reintegro el por el 100%. pero igual no me convence la idea del amparo por el reintegro. uds que me aconsejan...,Gracias! Saludos!