Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • una pregunta sobre pedido de informes

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #123373  por nuevito
 
tenia entendido que para contestar un oficio la entidades privadas tienen 10 dias habiles y las oficinas publicas tienen 20 dias habiles... sin embargo el art 398 del CPCC me dice que tiEene 10 dias habiles ambas ... me lo pueden aclarar?
De existir diferencias.. como se cuenta el plazo para el correo argentino hoy correo oficial??
gracias!

 #123455  por paugri
 
EL Correo oficial debe responder oficios en el plazo de 20 días hábiles.
Espero haber sido útil.
Paula
 #123515  por nuevito
 
paugri escribió:EL Correo oficial debe responder oficios en el plazo de 20 días hábiles.
Espero haber sido útil.
Paula
Gracias Paugri!!

 #123567  por zawa
 
No no, Artículo 398 reformado por Ley 25488. 10 días hábiles salvo plazo mayor fijado en la providencia que lo ordene.
 #123905  por martins
 
nuevito escribió:tenia entendido que para contestar un oficio la entidades privadas tienen 10 dias habiles y las oficinas publicas tienen 20 dias habiles... sin embargo el art 398 del CPCC me dice que tiEene 10 dias habiles ambas ... me lo pueden aclarar?
De existir diferencias.. como se cuenta el plazo para el correo argentino hoy correo oficial??
gracias!
No hay ninguna duda con respecto a los plazos. Lee el Art. 398 (reformado por ley 25488).-
 #124895  por Guido
 
nuevito escribió:tenia entendido que para contestar un oficio la entidades privadas tienen 10 dias habiles y las oficinas publicas tienen 20 dias habiles... sin embargo el art 398 del CPCC me dice que tiEene 10 dias habiles ambas ... me lo pueden aclarar?
De existir diferencias.. como se cuenta el plazo para el correo argentino hoy correo oficial??
gracias!
Lo mas importante o lo que tenes que tener en cuenta que si no lo volves a impulsar una vez vencido el plazo te pueden pedir la negligencia de la prueba art 384 y la perdés.Saludos.
 #155342  por nuevito
 
El articulo 398 reformado dice 10 dias habiles para las oficinas y publicas y privadas .. salvo que el auto ordene otra cosa... ¿es asi?
Respecto al pedido de informes a una empresa privada.. ej una imprenta... como hago para acreditar que el mismo esta diligenciado.. porque a diferencia de las oficinas publicas no tiene un sector de "oficios judiciales" ... quien te lo firma? en la practica como se deja constancia de que fue entregado? gracias colegas
 #155972  por marisc
 
nuevito escribió:El articulo 398 reformado dice 10 dias habiles para las oficinas y publicas y privadas .. salvo que el auto ordene otra cosa... ¿es asi?
Respecto al pedido de informes a una empresa privada.. ej una imprenta... como hago para acreditar que el mismo esta diligenciado.. porque a diferencia de las oficinas publicas no tiene un sector de "oficios judiciales" ... quien te lo firma? en la practica como se deja constancia de que fue entregado? gracias colegas
Actualmente son diez días para oficinas publicas y privadas.

Pedí que te pongan un sello de recibido con fecha y firma de algún responsable y acreditas el diligenciamiento en el expediente.

 #156010  por Sailaw
 
El Código Procesal de Provincia también modificó los plazos?

 #156016  por Grays
 
En Pcia. son 10 dias habiles para entidades privadas y 20 para publicas, el cod de pcia. no se modifico.