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  • etapa de prueba

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 #1111457  por Santina87
 
Hola, cuando en el auto de apertura a prueba , además se fija audiencia CONFESIONAL,[/i] en el mismo proveído... AGREGANDO QUE : "de no arribar las partes a un acuerdo en la audiencia fijada, procederán las partes a absolver posiciones...(*) Con el resultado de dicha audiencia se proveera en relación a restante prueba ofrecida(**)

Notifico el proveído en su totalidad a la demandada, porque así lo ordena el juez.
cuando se notifica el último... allí comienza a correr el plazo "30 d. ? desde ese momento puedo comenzar a sellar los oficios, los informes, etc?
y me corre el plazo.
Qué pasa con la audiencia de confesional " de carácter conciliatorio" (*)
si notifico ahora>> la audiencia va a quedar adentro del plazo de la producción de la prueba...

O debo esperar que se lleve a cabo la audiencia para saber.....si se ordena o no la prueba ?

*leo*
Grazie!!
Santi
 #1111615  por andresxeneizes
 
asi redactado pareceria que no proveyeron la informativa, por ende sino la proveyeron no es la etapa para librar los oficios

con la confesional es asi, primero intentan llegar a un arreglo, sino se llega a un arreglo paso seguido en la misma audiencia se toma la confesional
 #1112016  por Santina87
 
andresxeneizes escribió:asi redactado pareceria que no proveyeron la informativa, por ende sino la proveyeron no es la etapa para librar los oficios

con la confesional es asi, primero intentan llegar a un arreglo, sino se llega a un arreglo paso seguido en la misma audiencia se toma la confesional
Hola andresxeneizes, còmo estàs,
Entonces libro cèdula, espero se celebre la audiencia y con su resultado V.S. ordenarà què prueba de la ofrecida deberemos producir.
Gracias por colaborar.
St.