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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1111696  por bogaolavarria
 
Estimados: les comento el caso. Madre otorga la guarda judicial de sus hijos a su madre- abuela paterna- .
Esta abuela fallece y la madre quiere dejar sin efecto dicha guarda respecto a sus hijos ya que obtuvo un beneficio previsional y quiere incorporar a los menores a su obra social.
Se deberia iniciar un nuevo expte en juzgado de Familia para denunciar esta circunstancia??
ya que cuando se tramito la guarda a favor de la abuela se hizo directamente ante un Tribunal de Menores hace mas de diez años y este Tribunal ya no existe.
Aguardo sus opiniones o de algun colega que haya tenido un caso similiar.
gracias!
 #1111788  por santiheladero
 
la gaurda ceso, por muerte de la guardadora y porque ademas se otorga por un año.
o sea, ella sigue siendo la responsable y solo le van a pedir acreditar su caracter de progenitora.
en sintesis, para mi el tema de la guarda quedo en la nada y no necesita hacer nada al respecto.
 #1111869  por bogaolavarria
 
santiheladero escribió:la gaurda ceso, por muerte de la guardadora y porque ademas se otorga por un año.
o sea, ella sigue siendo la responsable y solo le van a pedir acreditar su caracter de progenitora.
en sintesis, para mi el tema de la guarda quedo en la nada y no necesita hacer nada al respecto.
gracias santiheladero por tu respuesta. Es ño correcto en el nuevo CCYC la guarda se otorga por un año.
pero en el presente la guarda se otorgo en el año 2005, por ello era mi consulta.
voy a consultar en el juzgado de familia si debo denunciar esta nueva situacion.
de nuevo muchas gracias por tu colaboracion!